jornada


letraese

Número 204
Jueves 4 de Julio
de 2013



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate




Grupo de Información de Reproducción Elegida*

Anticoncepción insuficiente

Las autoridades mexicanas están lejos de cumplir con sus obligaciones de promoción, respeto, protección y garantía del derecho a información y servicios de anticoncepción. Eso fue lo que hallamos a partir de datos estadísticos, de un análisis normativo y de información obtenida de las respuestas a las solicitudes de acceso a la información pública presentadas a nivel federal y en las entidades federativas. El panorama en la materia resulta desalentador; es de especial preocupación la falta de acceso de las mujeres a la anticoncepción de emergencia.
La normativa referente al tema no está adecuadamente armonizada con los estándares internacionales y falta coherencia entre las leyes generales, las normas oficiales de salud y las regulaciones de los estados. Una parte considerable de la legislación general y local incorpora únicamente el concepto de planificación familiar, lo cual tiene una connotación que vincula la sexualidad y el uso de anticonceptivos sólo a la reproducción. Esto no responde a las necesidades de varios sectores de la población.
Las lagunas en la legislación general se registran principalmente en el tema del consentimiento informado y el acceso para adolescentes. Asimismo, la normatividad podría ser más específica en cuanto al tipo de información que debe proporcionarse a las usuarias de servicios de salud y las condiciones para hacerlo.
Por su parte, las leyes locales de salud tienen graves deficiencias, por ejemplo, ninguna desarrolla expresamente el tema del consentimiento informado y muy pocas mencionan de manera específica el acceso a servicios de anticoncepción para adolescentes.
Otro aspecto relevante es que gran parte de la legislación de salud de las entidades no hace referencia explícita a la obligación de proporcionar información veraz y objetiva sobre anticoncepción. Si bien ello no implica que no estén obligados, dada la normativa general en la materia, sería importante que esta obligación quedara explícita en la legislación local.
En cuanto al acceso a anticonceptivos, desafortunadamente la información que recabamos desde las instituciones de salud no permite obtener elementos suficientes para realizar un diagnóstico; por ejemplo, sobre el caso de las y los adolescentes o sobre las condiciones y requisitos del consentimiento informado para métodos anticonceptivos.
En materia de anticoncepción de emergencia es especialmente preocupante el desconocimiento o negativa por parte de algunas procuradurías de justicia para dar información sobre el derecho de las víctimas de violación a obtener información e insumos de anticoncepción de emergencia de acuerdo con lo establecido en la NOM 046. Incluso en las entidades federativas que sí reportaron haber otorgado anticoncepción de emergencia, el número de mujeres que accedieron a este servicio es muy bajo, considerando los índices de violación sexual. Ello indica que en muchas entidades la NOM 046 es letra muerta y que las mujeres no tienen acceso a la información ni a servicios de anticoncepción de emergencia, fundamentales para prevenir un embarazo no deseado.
Es fundamental que las procuradurías brinden información detallada sobre la NOM 046 y sería importante que proporcionen las píldoras de emergencia en la misma procuraduría o que cuenten con sistemas eficientes de referencia a las instancias de salud, en cumplimiento de la recién publicada Ley General de Víctimas.
Respecto al acceso a la información es alarmante que los estados hayan negado o no generen información para determinar el nivel de acceso y de uso de anticonceptivos. Dicha falta de información incide negativamente en la efectividad de las políticas y programas, ya que no permite evaluarlos de forma adecuada y, a partir de ello, recomendar acciones para mejorarlos.
La falta de acceso a anticonceptivos para las mujeres en general y, en particular, para adolescentes y jóvenes, se refleja en las estadísticas existentes sobre el bajo uso de anticonceptivos y los altos índices de embarazos no deseados. Esto es un grave problema de salud pública y derechos humanos que merece mayor atención por parte del Estado mexicano.

_____________________________

* Fragmento editado, tomado del libro Omisión e indiferencia. Derechos reproductivos en México. GIRE, México, 2013.


S U B I R