Opinión
Ver día anteriorLunes 15 de julio de 2013Ver día siguienteEdiciones anteriores
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La decisión de la Corte sobre los matrimonios gays
L

a segunda de las tres decisiones que la Suprema Corte de la Nación de Estados Unidos emitió recientemente, cuyos efectos modelarán el perfil social del país en los próximos años, es la que se refiere a la legalidad de las uniones entre personas del mismo sexo. La corte se manifestó en torno a dos asuntos trascendentes: la inconstitucionalidad de la ley conocida como Doma y su decisión de reafirmar que los estados son los responsables de legislar sobre la legalidad de los matrimonios entre personas del mismo sexo.

La Ley de Defensa del Matrimonio o Doma (por sus siglas en inglés) define y protege la institución matrimonial como la unión entre un hombre y una mujer. En pocas palabras no reconoce los matrimonios entre personas del mismo sexo, por lo que les que niega los beneficios que la ley otorga a las parejas heterosexuales, por ejemplo la extensión de los beneficios del seguro social y las deducciones de impuestos por gastos familiares.

La corte consideró inconstitucional dicha ley y de esa forma garantizó igualdad de trato a nivel federal para cualquier matrimonio, no importando el sexo de los contrayentes, entre ellos, las parejas gays de los inmigrantes.

La otra decisión reafirmó la autorización de matrimonios gays en el estado de California. Un referendo para prohibir la celebración de dichas uniones ganó la mayoría en el año 2008. El referendo fue una reacción a la decisión del gobierno de la ciudad de San Francisco de otorgar licencias matrimoniales a parejas del mismo sexo. Posteriormente, una corte federal invalidó el resultado de la consulta por inconstitucional.

Los promotores del referéndum apelaron a la suprema corte, cuyo argumento final fue que no tenía autoridad para emitir una decisión al respecto, por lo que dejó en pie la que había emitido la corte federal con anterioridad. De esa forma, autorizó de facto los matrimonios gays en California, que pasó a ser el estado 16 donde se reconocen ese tipo de uniones.

Cabe señalar que la suprema corte no se manifestó sobre la legalidad o ilegalidad de los matrimonios entre personas del mismo sexo. Lo que hizo fue dejar en manos de cada uno de los estados de la Unión dicha decisión. Lo que es más trascendente aún es que eliminó la definición heterosexual del matrimonio en la legislación federal y de esa forma reconoce todos los matrimonios que, a su vez, reconoce cada uno de los estados de la Unión.

No deja de ser extraño que la misma corte que reafirmó uno de los derechos humanos básicos, el de elegir libremente con quién unirse y, que puso fin al arbitrario y retrograda precepto legal de que el matrimonio entre un hombre y una mujer es inherente a la naturaleza de los seres humanos y es el único que reconoce la ley, unas horas antes invalidó uno de los logros de la lucha por los derechos civiles: el que se refiere a la prohibición de los estados de imponer taxativas al voto con el fin de obstaculizar ese derecho a las minorías de color.