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Define derecho de indígenas a aprobar planes

Listo, proyecto de ONG para reforma a ley minera
 
Periódico La Jornada
Domingo 21 de julio de 2013, p. 9

Un grupo de organizaciones sociales tienen ya listo un proyecto de reformas que esperan sean incluidas en la nueva ley minera que se dictamina en el Senado. Uno de los planteamientos centrales es que se defina el derecho de las comunidades y pueblos indígenas a aprobar proyectos de explotación, para evitar daños al medio ambiente.

Presentarán el proyecto el próximo lunes, durante un mitin afuera del Senado, en el contexto del Día Mundial de la Lucha contra la Megaminería Tóxica, informó la senadora Iris Vianey Mendoza (PRD).

Explicó que la propuesta, elaborada por las organizaciones civiles, señala la participación vinculante de la población sobre toda decisión relacionada con explotaciones mineras. En el caso de los pueblos indígenas, el consentimiento se obtendrá a través de una consulta.

Otras propuestas, explicó, anulan las cláusulas de confidencialidad, por medio de las que las empresas mineras ocultan información y se amplían las causales para nulidad y cancelación de concesiones.

Se crea todo un capítulo sobre derechos de poblaciones indígenas al goce preferencial del territorio y recursos naturales, frente a actividades mineras.

Asimismo, se define y regula la licencia social –consentimiento o acuerdo–, donde se determina si la Secretaría de Economía puede entregar las concesiones y las asignaciones para exploración minera que custodia el Servicio Geológico Mexicano, o los permisos de operación para actividades de beneficio minero y la transmisión de permisos.

Se separan las autorizaciones de exploración de las de explotación y beneficio minero, con plazos diferentes de vigencia, duración y prórroga.

También, se señala un procedimiento estrictamente regulado para el cierre de minas con obligaciones y responsabilidad para el solicitante. Se regula la transmisión de concesiones y se elimina la división, reducción o unificación de las mismas.

Se precisa con claridad que no podrán otorgarse permisos para explotación minera en áreas naturales protegidas y equivalentes, monumentos históricos y áreas definidas como estratégicas para la economía o cultura de los pueblos, entre otras.

Igualmente, se prohíbe otorgar concesiones para proyectos de explotación por tajo a cielo abierto, por tumbe y relleno, y en pocitos de carbón, entre otras.