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Camarena y Zavala estaban en servicio cuando los mataron

Propone ministro revocar sentencia que otorgó la libertad a Rafael Caro
 
Periódico La Jornada
Miércoles 6 de noviembre de 2013, p. 7

Enrique Camarena Salazar, elemento de la agencia antidrogas estadunidense (DEA, por sus siglas en inglés) estaba protegido por los tratados internacionales sobre personal consular, y el piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar estaba en servicio cuando fueron asesinados en febrero de 1985, por lo que el proceso penal contra el narcotraficante Rafael Caro Quintero, por su responsabilidad en el secuestro y homicidio de ambos, es del ámbito federal.

Así lo establece el proyecto de dictamen elaborado por el ministro Arturo Zaldívar, de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el cual se discutirá este miércoles y en el que propone revocar la sentencia que dejó en libertad a Caro Quintero, a efecto de que un tribunal colegiado emita una nueva resolución en la que se tome en cuenta que fue legal la participación de la Procuraduría General de la República (PGR) en la consignación del acusado y el proceso penal en sí.

Fuentes judiciales confirmaron lo anterior y agregaron que en caso de revocarse la libertad de acusado, éste tendría que regresar a prisión mientras los magistrados del tribunal resuelven si continúa vigente la sentencia de 40 años de cárcel que purgaba cuando fue dejado libre. Caro Quintero llevaba 28 años en prisión.

Trascendió que se espera un debate interesante acerca del proyecto de sentencia que revocaría el auto de libertad del que goza el acusado desde el 9 de agosto pasado.

El asunto se ha manejado con hermetismo en la SCJN y se afirma que algunos ministros consideran apoyar el proyecto de Zaldívar, pero otros aún analizan votar en contra, al considerar que son improcedentes los recursos de revisión presentados por la PGR y por terceros perjudicados), en razón de que la decisión del tribunal que dejó libre a Caro Quintero es definitiva e inatacable, y que reabrir el caso iría en contra de la llamada cosa juzgada.

También se esperan pronunciamientos de los ministros respecto de si los agentes antidrogas estadunidenses deben ser considerados diplomáticos y si, por tanto, cuentan con protección consular a pesar del tipo de actividades que desarrollan.

El 28 de marzo de 2012, la primera sala rechazó (por cuatro votos contra uno) ejercer su facultad de atracción para conocer la solicitud de amparo que presentó Caro Quintero contra la sentencia de 40 años de prisión.

Sólo Cossío votó en contra de sus compañeros, al considerar que sí se trataba de un asunto de interés y trascendencia jurídica.

El 13 de agosto pasado, la PGR giró una orden de detención con fines de extradición a Estados Unidos en contra de Rafael Caro Quintero, quien continúa prófugo.