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PRI y PAN realizan más ajustes que benefician a trasnacionales

Mineras extranjeras podrían entrar a la explotación de petróleo y gas
 
Periódico La Jornada
Miércoles 11 de diciembre de 2013, p. 12

La modificación a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales permite la apertura total al capital privado en la exploración y explotación de petróleo, en su industrialización, así como en la generación de electricidad, actividades reservadas hasta hoy al Estado.

Cambios de última hora que introdujeron PRI y PAN en el dictamen permiten que las empresas mineras que operan en el país, y que en su mayoría son canadienses, puedan explotar el petróleo y gas, asociados a los yacimientos de carbón u otros minerales que formen parte de la concesión que se les haya asignado.

Los cambios al artículo 27 constitucional posibilitan la celebración de contratos de riesgo, incluidas concesiones con compañías petroleras internacionales; en el caso del artículo 28, se elimina el carácter estratégico a la refinación de petróleo, la producción de gas y la generación de electricidad, actividades que quedan por completo en manos de particulares, al igual que el transporte de hidrocarburos.

En el artículo 25 se crea un nuevo estatus para Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que pasan de entidades paraestatales a empresas productivas del Estado, las que competirán por los contratos con las trasnacionales, y para ello deberán demostrar en un plazo de 90 días que cuentan con las capacidades técnicas y financieras y de ejecución necesarias parara explotar y extraer los hidrocarburos de forma eficiente y competitiva.

Se estableció que a más tardar en dos años Pemex y CFE deberán reconvertirse en empresas productivas del Estado, cuyos titulares podrán ser libremente removidos por el presidente de la República.

A través de 21 artículos transitorios se dejan en la Constitución los lineamientos de la legislación secundaria. Se crea en el artículo cuarto transitorio un régimen de contratos para beneficiar a las empresas petroleras extranjeras, que podrán quedarse con el crudo que extraigan e incluso registrar como propias las reservas de hidrocarburos mexicanos y comercializar directamente electricidad.

Ese artículo cuarto transitorio es otro de los modificados por los presidentes de las comisiones dictaminadoras, quienes consideraron que en lugar de decir que las modalidades de contratación podrán ser de servicios, de utilidad y producción compartida y licencias –que son equivalentes a la concesión–, se precisara que los tipos de contratos deberán ser, entre otras.

En el artículo 27 constitucional se estipula que tratándose del petróleo y de los hidrocarburos, sólidos, líquidos o gasesos, en el subsuelo, la propiedad de la nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones.

Igualmente, que corresponde exclusivamente a la nación la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica; en estas actividades no se otorgarán concesiones.

Sin embargo, se adiciona a ese artículo que ello “sin que el Estado pueda celebrar contratos con particulares, en los términos que establezcan las leyes. En el artículo cuarto transitorio, que es otro de los que fueron modificados de fondo a última hora, se adelanta un sistema de contratación que da ventaja a las trasnacionales.

Entrega de infraestructura

Se contempla la privatización de activos, y en el artículo 16 transitorio se ordena que en el plazo de un año, luego de la aprobación de la ley reglamentaria, Pemex entregue su infraestructura –ductos– para el transporte o almacenamiento de de gas, y CFE sus redes del servicio público de transmisión y distribución en condiciones de continuidad, eficacia y seguridad, a dos órganos de nueva creación.

Del proyecto de dictamen, PRI y PAN quitaron la eliminación gradual de los subsidios a la gasolina y la electricidad, contemplada en el artículo decimoprimero transitorio.

Ese artículo posibilita a las empresas extranjeras que generarán electricidad a financiar, instalar, mantener y operar la ampliación de la infraestructura necesaria para que presten el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.

Modificaron también el nombre del organismo autónomo que distribuirá la renta petrolera, que se denominará Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo. Se precisó que sus recursos se transferirán en primer lugar a la Tesorería de la Federación, a los gobiernos de los estados, para ahorro a largo plazo, y al sistema de pensión universal, cuando haya saldo del ahorro a largo plazo.

Eliminaron del dictamen un párrafo del artículo séptimo transitorio, en el que se indicaba que las disposiciones legales sobre contenido nacional deberán ajustarse a lo dispuesto en los tratados internacionales y acuerdos comerciales suscritos por México. Tal disposición haría que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se aplicara, eliminando la reserva del petróleo que México impuso cuando se signó este acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá.