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Posponen discusión de controversia en la SCJN
 
Periódico La Jornada
Viernes 14 de febrero de 2014, p. 34

Ante la falta de consenso para declarar la inconstitucionalidad del artículo 34, fracción primera, de la Ley de Extinción de Dominio del Distrito Federal, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidieron fijar criterios que obliguen a las autoridades capitalinas a emplazar personalmente a terceros, ofendidos y víctimas involucrados en esos procedimientos. Aunque hubo coincidencia entre los ministros en que dicho artículo es inconstitucional, porque viola el derecho de audiencia, la mayoría optó por no invalidar la norma y buscar una salida que dé certeza jurídica. Al continuar ayer la discusión sobre la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal en contra de diversos artículos de la norma referida, la mayoría de los ministros coincidió en que dicho artículo es inconstitucional, porque no contempla la obligación de las autoridades de notificar personalmente a los involucrados en asuntos de ese tipo. consideraron como insostenible el argumento esgrimido por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de que la modificación de la norma (que dio lugar a la demanda de la CDHDF) era necesaria, porque en muchos casos se alargan los procesos, ya que no siempre es posible localizar a los interesados para entregarles el emplazamiento personalmente. Hubo también quienes consideraron que lo mejor era invalidar el artículo y que quedara vigente lo estipulado antes de la reforma de 2010, que sí preveía el emplazamiento. La discusión fue pospuesta en espera de que el ministro instructor, Fernando Franco, presente una nueva propuesta que incluya la interpretación sistemática del citado artículo.