jornada
letraese

Número 213
Jueves 3 de Abril
de 2014



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate



Director fundado
Derecho todavía inaccesible:

Seguridad social para matrimonios homosexuales

En enero pasado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dictaminó que ninguna institución de seguridad social podía negar derechos y beneficios a las parejas conformadas por personas del mismo sexo. Días después, el Instituto Mexicano del Seguro Social emitió un comunicado por medio del cual obligaba a todas sus oficinas en el país a afiliar a personas integrantes de dichos matrimonios. A pesar de esto, igual que en el caso del ISSSTE e instituciones de seguridad social estatales, la Ley General del organismo no fue modificada.

Leonardo Bastida Aguilar

Con la ilusión de poder afiliar a su esposa Gloria al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Ely acudió con ella a la Clínica 93 en Guadalajara, Jalisco, días después de haber leído el comunicado que derribaba los obstáculos para que los integrantes de parejas del mismo sexo se afiliaran y se convirtieran en derechohabientes de la institución.

Ely llevó consigo su acta de matrimonio y una impresión del comunicado. Ella y Gloria se habían casado el 27 de enero de 2011 en la ciudad de México a pesar de múltiples cuestionamientos anteriores y posteriores en torno a la validez de su unión ante las autoridades jaliscienses y la sociedad en general, pues incluso algunos de los familiares de ambas les decían que "sólo eran amigas".

La realización del trámite no era fácil para ellas. Desde su enlace en la capital mexicana, se habían visto obligadas a mentir en sus respectivos trabajos sobre su estado civil. En una ocasión, Ely lo hizo para poder obtener un empleo. El reclutador le dijo que había pasado las pruebas sin problemas, sin embargo, la investigación arrojó que ella estaba casada con otra mujer y eso se tenía que poner a consideración de los empleadores. Después de esta experiencia, tanto Ely como Gloria son "solteras".

A unos días de haber leído la noticia y con la esperanza de que Gloria pudiera afiliarse al IMSS gracias a su matrimonio con Ely, el 26 de febrero acudieron a realizar el trámite.

En ventanilla, les preguntaron el trámite que iban a realizar y cuál era su parentesco. Tras leer el acta de matrimonio y el comunicado del IMSS, el dependiente fue a otra oficina y media hora después les indicó que sí se podía realizar la afiliación, pero allí no tenían los formatos ni el sistema adecuado para poder dar de alta a Gloria. Les pidieron que regresaran en 20 días y dejaran copia del acta de matrimonio y las credenciales de elector.

Gloria y Ely dejaron los documentos. El dependiente les indicó que vería si la jefa autorizaba y daba la firma para la afiliación. Anonadadas por la medida y molestas por la discriminación sufrida, interpusieron una queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).

Del Conapred les hablaron para confirmarles que fueron víctimas de un acto de discriminación porque el trámite no tomaba más de un día para que el sistema se actualizara. Tras esto, personal del área de afiliaciones del IMSS de la clínica se puso en contacto con ellas y cinco días después les enviaron a su domicilio los comprobantes de afiliación de Gloria.

Las primeras negativas
En marzo de 2010, días después de haber contraído matrimonio, Lol Kin Castañeda intentó afiliar a su esposa Judith Vázquez a la Unidad de Medicina Familiar No. 11 del IMSS. Era la primera solicitud que se hacía al respecto. El personal del instituto rechazó la afiliación y la pareja promovió un juicio de amparo que se resolvió a su favor hasta noviembre del mismo año. Sin embargo, semanas después, el gobierno federal, entonces encabezado por Felipe Calderón Hinojosa, interpuso un recurso de revisión a la sentencia, mismo al que finalmente renunció el 6 de enero de 2011. Así, diez meses después, Castañeda Badillo pudo afiliar a su esposa al IMSS.

La misma situación ocurrió con aquellas parejas que intentaron afiliarse al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). En marzo de 2010, el docente de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (UACM) Javier Marmolejo, intentó afiliar a su esposo en la Clínica de Medicina Familiar "Benito Juárez" del ISSSTE. Ambos interpusieron un amparo y esperaron 10 meses hasta que el Juez 4° en Materia de Trabajo del Distrito Federal, Rigoberto Calleja López, emitió un fallo positivo para iniciar el trámite de afiliación tras considerar que el artículo 41 de la Ley General del ISSSTE es inconstitucional y discriminatorio. Anteriormente, las oficinas del ISSSTE y el juzgado 13 en materia administrativa del DF se declararon incompetentes para resolver el caso.

Lo mismo ocurrió con el también docente de la UACM Héctor Salinas, quien intentó afiliar a su esposo en la Unidad de Medicina Familiar Moctezuma del ISSSTE en julio de 2010. La institución negó el trámite con el argumento de que su Ley General no reconocía a ese tipo de parejas y, por tanto, no estaba obligada a hacerlo "a menos que se lo ordenara un juez". A pesar de intentar dialogar con el entonces titular de la dependencia, Jesús Villalobos López, y de haberlo demandado ante la Procuraduría General de la República, pasaron 14 meses para el juez Rigoberto Calleja López, tras analizar el expediente 1389/2011, emitiera un fallo positivo para iniciar el trámite de afiliación de Francisco Javier Ortega Vázquez como derechohabiente del ISSSTE.

Esta situación la han vivido, de acuerdo con cifras del Conapred, al menos otras 44 parejas (siete en el ISSSTE y 37 en el IMSS) que pudieron afiliarse a las instituciones despué de haber obtenido un amparo.

Afiliación a regañadientes
Ante la situación, el Conapred emitió la Resolución por Disposición 2/2011, en la cual exhortaba a ambas instituciones a permitir la afiliación de las parejas conformadas por personas del mismo sexo. La respuesta del ISSSTE fue una petición al organismo para "no sobrepasar sus atributos", pues la institución no discrimina a nadie, "y si no afilia a matrimonios no heterosexuales es porque cuando se elaboró la Ley General del Instituto, no existían este tipo de uniones".

A pesar de esto, al poco tiempo comenzó a afiliar estas parejas aunque no se modificó la Ley General del Instituto. Mientras tanto, el IMSS continuó rechazando las solicitudes presentadas por parejas homosexuales y sólo las afilió mediante la figura del amparo.

El 29 de enero de este año, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo el caso de un amparo post mortem a José Alberto Gómez Barroso para que su esposo pueda recibir una pensión y servicios médicos por parte del instituto, en Puebla. El ministro ponente de la querella, José Fernando Franco González, explicó durante la sesión que desde antes del fallecimiento de Gómez Barroso, el año pasado, el IMSS se había negado a reconocer a su pareja como beneficiario a pesar de haber contraído matrimonio en la ciudad de México, situación que de acuerdo con el ministro, se contrapone a lo determinado por la Constitución, en el sentido de que ninguna ley debe discriminar a este tipo de parejas, las cuales tienen los mismos derechos que las conformadas por personas de diferente sexo.

Por tanto, a pesar de que la Ley General del IMSS "hace diferencias en razón de género, debe entenderse que también protege a dichos matrimonios, lo cual respeta el principio pro persona, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos", resaltó el texto.
El amparo 485/2013 fue promovido por Gómez Barroso tras haber sido rechazada su solicitud de afiliación al IMSS mediante un oficio emitido por la Jefatura de Afiliación y Cobranza de la institución, en el que le argumentaron que no era posible su afiliación.

Por su parte, el pasado 5 de febrero, una pareja de mujeres de Monterrey, Nuevo León, conformada por Krystal y Gisela, obtuvo un amparo judicial para poder afiliarse a la institución de seguridad social. Krystal fue diagnosticada durante su embarazo con diabetes gestacional, mientras que a su bebé le detectaron la presencia de ectasia renal, enfermedad consistente en la obstrucción de la luz ureteral, lo cual provoca el estancamiento de la orina en su camino hacia la vejiga.

Ante los riesgos durante el embarazo, Gisela, derechohabiente del IMSS, intentó afiliar a Krystal en octubre de 2013 para recibir servicios en la Clínica 26, en Monterrey, Nuevo León, ante lo cual obtuvo como respuesta que el artículo 84 de la Ley del IMSS refiere que "la esposa del asegurado o el esposo de la asegurada", e incluso su concubina o concubino, tienen derecho a los servicios de salud, es decir, no contempla a parejas del mismo sexo.

Ante la respuesta solicitaron un amparo en el Juzgado Segundo de Distrito Administrativo del Estado, el cual quedó registrado bajo el número 003870/2013 y tendría su primera audiencia el 7 de marzo. Sin embargo, el 5 de febrero, a una semana de haber dado a conocer su caso a los medios de comunicación, personal del departamento de Afiliaciones del Seguro Social fue a su casa y les comunicó que "por razones de humanidad, y un gesto del delegado, se les otorgaba la afiliación".

Días después, el IMSS informó a través de un comunicado que se debe afiliar a todas las parejas del mismo sexo que presenten su solicitud y sean sujetos de los beneficios de la institución.

La incertidumbre continúa
Para Lol Kin Castañeda, desde un principio, el tema de la seguridad social para las parejas del mismo sexo estuvo delimitado por las amenazas del conservadurismo para restringir un derecho laboral que ya estaba garantizado y había sido pagado por aquellos que cotizaban ante este tipo de instituciones.

En entrevista con Letra S, la presidenta de la organización civil Sociedad Unida por los Derechos Humanos, indicó que la situación se derivó de una interpretación discriminatoria de la ley, fomentada por el entonces presidente Felipe Calderón Hinojosa, que obligó de manera sistemática a decenas de matrimonios a buscar garantizar su derecho a la seguridad social por la vía del amparo.

Para la activista, la situación parece cambiar de rumbo, ya que en días recientes se decretó el Día Nacional contra la Homofobia, lo que permitirá a las instituciones diseñar políticas públicas en la materia y atender necesidades como la seguridad social para las parejas del mismo sexo. Sin embargo, argumentó Castañeda, lo más importante es buscar que se garantice la igualdad.

Sobre este concepto, Castañeda explicó que no todo se resuelve con la afiliación y ejemplificó que en días pasados, a una pareja en Michoacán se le negó la ayuda para el matrimonio, un bono económico otorgado por el IMSS en una exhibición a aquellas personas que contraen matrimonio. El argumento dado a la pareja fue que la nueva circular sólo establecía que el instituto les otorgaría el servicio médico a este tipo de uniones.

Situación similar, explicó, es la de las pensiones para las viudas o viudos, pues, afirmó, a pesar de que la SCJN decidió que cualquier persona, sin importar el tipo de matrimonio que hubiera tenido, era acreedora a este beneficio, hasta el momento el IMSS no ha otorgado la pensión a los beneficiarios.

Necesario, modificar la ley
Las parejas del mismo sexo no deben gozar de políticas particulares, más bien se deben generar una serie de políticas públicas que ayuden a la regularización de la vida de cualquier persona sin importar su preferencia sexual o identidad sexo genérica, en las que lo más importante sea garantizar derechos y oportunidades para todos y todas, afirmó en entrevista Héctor Salinas, experto en políticas y administración pública de la UACM.

De acuerdo con el autor de ¿Por qué quieren casarse los gays?, a pesar de los avisos públicos hechos por los institutos de seguridad social para permitir la afiliación de los integrantes de este tipo de parejas, no se ha modificado la ley. "Esto significa que en cualquier otro momento puede llegar otro director u otra persona y puede negar una afiliación debido a que en la ley no está específico el derecho de las personas homosexuales a afiliar a su pareja".

 

S U B I R