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Ordena respetar altura fijada por la SCJN

Otorga juzgado suspensión contra la presa El Zapotillo
Corresponsal
Periódico La Jornada
Viernes 23 de mayo de 2014, p. 34

Guadalajara, Jal., 22 de mayo.

Un juez federal en materia administrativa concedió una suspensión provisional a habitantes de Temacapulín, con la que ordenó a las autoridades federales y estatales cumplir la resolución de 2012 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que estableció que la cortina de la presa El Zapotillo, en los Altos de Jalisco, no debe rebasar 80 metros de altura.

La suspensión fue concedida por el juzgado primero de distrito en materia administrativa como parte del incidente 1093/2014 a favor de 11 pobladores de Temacapulín. En el mismo juzgado quedan por resolverse dos amparos: el 1045/2014, promovido por 80 habitantes, y el 1046/2014, que interpuso el Comité Salvemos Temacapulín, Acasico y Palmarejo.

Once habitantes de Temacapulín acusan a las autoridades federales y estatales de incumplir la resolución 93/2012 de la SCJN, que especificó que el límite de altura de la cortina de la presa sería de 80 metros.

Las autoridades señaladas en el juicio son el presidente de la República y el gobernador de Jalisco, los directores de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y de la Comisión Estatal del Agua, así como el titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), entre otras.

Como terceros interesados aparecen el Congreso de Jalisco, el gobierno de Guanajuato, el ayuntamiento de León, las empresas constructoras Grupo Hermes y FCC Peninsular, al igual que los municipios de Cañadas, Yahualica y San Miguel El Alto.

Se concede la suspensión provisional para el efecto de que los responsables se abstengan de construir una cortina que sobrepase la altura originalmente autorizada de 80 metros de la presa El Zapotillo, que se construye en el río Verde, en los Altos de Jalisco, en tanto se dicte la suspensión definitiva, reza la orden del juez federal.

La medida fue concedida siempre y cuando los actos reclamados no se hayan consumado para efectos de suspensión y la medida cautelar no surta efecto si el acto reclamado deriva de autoridades no señaladas.

Guadalupe Espinoza Sauceda aseguró que con esta suspensión provisional las autoridades federales están en jaque. Si dicen que ya está consumada la obra, es decir, que rebasa 80 metros, deberán proporcionar copias certificadas de ello. Si es así, habrán incurrido en desacato ante la Suprema Corte.

En marzo pasado, la Conagua informó que la cortina de la presa El Zapotillo sería de 105 metros.