Estados
Ver día anteriorMiércoles 28 de mayo de 2014Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Castigará el INE autopromoción de Moreno Valle
La Jornada de Oriente
Periódico La Jornada
Miércoles 28 de mayo de 2014, p. 31

Puebla, Pue., 27 de mayo.

El Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a la Secretaría de la Contraloría del estado actuar contra Marcelo García, ex director general del organismo Puebla Comunicaciones, dependiente del gobierno de la entidad, a quien responsabilizó de violar la ley por promover el nombre y la imagen del gobernador Rafael Moreno Valle Rosas en todo el país fuera de los plazos permitidos, durante la campaña de promoción de su tercer informe de labores.

El INE también inició un procedimiento sancionador contra ese ex funcionario y otros integrantes de la administración estatal de la misma área, debido a que negaron al órgano comicial información del caso, como los contratos que se firmaron con estaciones de radio y televisión para la difusión de espots en 26 estados.

Marcelo García ha fungido en varias ocasiones como operador de medios de Moreno Valle desde 1999, cargo que volvió a desempeñar a partir de febrero de 2011, cuando asumió la dirección general de Puebla Comunicaciones.

Actualmente es encargado de comunicación social del ayuntamiento de la capital de Puebla, cargo que dejó del 21 de abril al 15 de mayo para incorporarse al equipo de Gustavo Madero Muñoz, en su campaña por la dirigencia del Partido Acción Nacional.

El gobernador, eximido

La resolución CG133/2014 del INE indica que la promoción que recibió Moreno Valle Rosas viola el artículo 134 de la Constitución, el cual determina que la propaganda que difundan los poderes públicos deberá tener carácter institucional, por lo que en ningún caso incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

Asimismo, se infringió el artículo 228, numeral 5, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, debido a que la difusión de los informes gubernamentales sólo puede tener cobertura regional.

Además, la vigilancia realizada por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE comprobó que la campaña propagandística se realizó durante casi un mes, entre el 8 de enero y 5 de febrero, pese a que el artículo 228 del código comicial sólo permite un lapso de 12 días.

El consejo general del INE eximió de responsabilidad al mandatario poblano con el argumento de que no encontró pruebas de que haya intervenido de manera directa en la contratación de los promocionales denunciados u ordenado que se incurriera en la conducta denunciada.