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Ratifica TEPJF reglas sobre espots
 
Periódico La Jornada
Jueves 24 de julio de 2014, p. 19

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) que establece las reglas de transición del modelo de comunicación político-electoral para garantizar la aplicación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Por mayoría de votos, avaló el proyecto de sentencia elaborado por el magistrado Salvador Nava Gomar en el que se declararon infundados los medios de impugnación interpuestos por los partidos del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano, quienes argumentaron que del 12 por ciento de tiempo en radio y televisión que corresponde al Estado, tienen derecho a disponer de la mitad y el resto será del INE.

Indicaron que la ley establece que el derecho de los partidos se debe ejercer en mensajes de 30 segundos y las fracciones sobrantes corresponden al INE para que realice sus campañas institucionales, además de que dicha prerrogativa corresponde también a las autoridades electorales locales, por lo que no se puede transferir automáticamente a los partidos.

Asimismo, se estimó que tampoco les asiste la razón a estos partidos cuando afirman que la distribución del tiempo debe realizarse por periodo de seis meses y no por día, dado que el tiempo para el Estado se asigna diariamente y no es acumulable.