Aunque en Chile defender el territorio todavía se llama “terrorismo”

Victoria mapuche en la corte
interamericana (CoIDH)

Ancalaf Llaupe situó la utilización de la Ley Antiterrorista de Chile como una intentona del Estado por detener las recuperaciones de tierras, usurpadas principalmente por las empresas forestales: “La ley se nos aplica bajo la consigna de terrorismo, pero nuestra lucha es social y reivindica el territorio”

La violación a los derechos del pueblo mapuche por la aplicación de la Ley Antiterrorista quedó establecida en la séptima sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) contra el Estado chileno, que estableció la existencia de una aplicación selectiva de la ley contra autoridades, dirigentes y activistas comunitarios y la violación al principio de legalidad.

“La Corte concluyó que Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo primero de la Ley 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista”, informó la CoIDH. Los especialistas señalaron que, sin embargo, la sentencia carece de un pronunciamiento claro sobre la definición de terrorismo.

En el caso “Norín Catrimán y otros contra Chile”, que pasó a jurisdicción de la Corte en 2011, los demandantes fueron Aniceto Norín Catrimán, Pascual Pichún Paillalao, Jaime y Patricio Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Millacheo Lican, Patricia Troncoso Robles y Víctor Ancalaf Llaupe, pero la sentencia reconoció que la aplicación de la Ley, heredada de la dictadura pinochetista y promulgada en 1984, afectó no sólo a las víctimas, sino a sus familias y comunidades. Ancalaf Llaupe, vocero de las comunidades en resistencia, destacó que las familias son alejadas de sus presos, y las comunidades pierden a sus gestores y dirigentes.

Los ocho demandantes recibieron condenas de cinco a diez años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, calificados de terroristas, entre 2001 y 2002 en Bío Bío y La Araucanía. La Ley Antiterrorista (modificada en 2010 tras una huelga de hambre de presos políticos mapuche) permitió la aplicación de prisión preventiva sin derecho a beneficios penitenciarios, así como utilización de testigos sin rostro, secreto de investigación y condenas doblemente severas que las de la justicia ordinaria.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que llevó el caso a la Corte ante el incumplimiento de previas recomendaciones a Chile, insistió en que existe una afectación a la estructura social y a la integralidad cultural del pueblo en su conjunto, pues la normativa penal es contraria al principio de legalidad y toma en consideración el origen étnico de manera “injustificada y discriminatoria”.

Chile queda con la imagen internacional de un Estado condenado por ser violador de derechos humanos, sostiene Ancalaf Llaupe, el primer mapuche procesado bajo la Ley Antiterrorista por su participación en las movilizaciones de los años noventa contra las empresas forestales y la construcción de la hidroeléctrica Ralco, sobre el río Alto Bíobío. El vocero indígena declaró a Ojarasca, al finalizar las audiencias en 2013, que con la demanda ante el sistema interamericano de justicia buscaban sentar un precedente de la violación sistemática de los derechos colectivos del pueblo mapuche, y en particular sobre el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), porque no se respeta la libre determinación, la autonomía y el derecho a la tierra y a la vida.


Kenojuak Ashevak (1923). Búho observador, litografía, 2009. Dorset Fine Arts, Canadá

Rose-Marie Belle Antoine, representante de la CIDH, sostuvo que Chile violó derechos humanos de los mapuche, pues aplicó una normativa penal contraria al principio de legalidad y que toma en consideración su origen étnico de manera injustificada y discriminatoria.

La sentencia de la Corte ordenó al Estado chileno implementar “todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas”, además de otorgar becas de estudio en instituciones públicas chilenas a los hijos de las víctimas que lo soliciten y pagar indemnizaciones por los daños causados a los demandantes. El periodo máximo para llevar a cabo la orden –que es de obligatorio cumplimiento e inapelable– es de un año, cuando el gobierno deberá entregar un informe.

Ancalaf Llaupe situó la utilización de la Ley como una intentona del Estado por detener las recuperaciones de tierras, usurpadas principalmente por las empresas forestales: “La ley se nos aplica bajo la consigna de terrorismo, pero nuestra lucha es social y reivindica el territorio”. Por ello y más allá del fallo favorable, el tema no se queda en la “mísera cantidad de dinero que nos han dado a los que estuvimos presos”, pues los mapuche merecen además el respeto a sus derechos y la devolución de su territorio, adelantó.

Los mapuche y las organizaciones que los apoyaron en la demanda (el  Programa de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Central, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional-Cejil, y la Federación Internacional de los Derechos Humanos) persiguieron con la demanda el reconocimiento de la violación a sus derechos y el cumplimiento de leyes y tratados internacionales. La abogada Juliana Bravo, de Cejil, resaltó que se trata de la primera sentencia de la Corte contra un Estado por aplicar la Ley Antiterrorista a dirigentes de pueblos indígenas.

El ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo, declaró en que el actual gobierno no utilizará la Ley Antiterrorista como fórmula para resolver los conflictos sociales. Ancalaf Llaupe afirmó a Puelche Comunicaciones que los mapuche no creen en los “buenos modales” de los gobiernos, pues “como en tiempos antiguos, hablan de paz pero practican la tortura sistemática” y violan los derechos de los pueblos indígenas.

Además de la aplicación de la Ley (en 2013, calculó Ancalaf, había 34 mapuche procesados por terrorismo), las comunidades viven una realidad de militarización, desalojos violentos y detenciones de sus integrantes. Esto no parece amilanar a los luchadores mapuche. “No hay nada que perder ya”, finalizó Víctor Ancalaf. “Vamos a defender con toda la fuerza y energía el territorio”,

Adazahira Chávez, con información de El Puelche y Mapuexpress