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Plantea proyecto de reglamento de radio y televisión sólo barridos estatales

Permite el INE que concesionarios eludan bloquear espots por zona geográfica

También transfiere al Instituto Federal de Telecomunicaciones la definición del mapa de coberturas

 
Periódico La Jornada
Viernes 24 de octubre de 2014, p. 23

Lejos de que el Instituto Nacional Electoral (INE) haga cumplir a las concesionarias televisivas el mandato de difundir espots de candidatos o partidos políticos por emisora, o sea, en determinadas zonas geográficas y no en todo un estado, el proyecto del reglamento de radio y televisión les permite hacer bloqueos sólo estatales.

Con ello, la propaganda de un candidato a presidente municipal, por ejemplo, deberá ser vista en toda la entidad y ello limita sus posibilidades y las de otros candidatos, sobre todo de los independientes, de aprovechar mejor su presencia en televisión para anunciarse sólo donde serán vistos por los electores, indica el documento, cuya copia tiene La Jornada.

El texto elaborado por el secretario técnico del Comité de Radio y Televisión del INE tampoco reduce –como solicitaron expertos y partidos políticos en una consulta– los tiempos para la transmisión de los anuncios, una vez que son entregados a las concesionarias. Los plazos quedan en cinco días para periodos normales y tres para los de precampañas y campañas, más uno considerando el envío del material.

Entre las novedades obliga a los concesionarios de televisión restringida a proporcionar al INE de manera gratuita los servicios necesarios para que éste realice el monitoreo de las señales radiodifundidas que por ley estén obligadas a transmitir.

El tema del bloqueo ha sido muy polémico. Desde 2007 se estableció que los concesionarios debían transmitir versiones diferenciadas de promocionales de partidos políticos, candidatos y autoridades electorales en cada estación de radio y cada canal de televisión.

Los concesionarios han puesto diversos argumentos técnicos para incumplir este mandato, lo que ha provocado diversos desencuentros con las autoridades electorales. Éstos parecieron concluir en 2012 cuando el Consejo General del INE estableció un plazo –el primero de enero de 2013– en el que la totalidad de las emisoras del país estarían obligadas a diferenciar contenidos y a bloquear su señal.

De hecho, en la consulta que realizó el INE para elaborar este reglamento, Televisión Azteca dejó en claro que sí podía hacer bloqueo por cada una de las emisoras, ya que adquirió la tecnología para cumplir el acuerdo de bloqueo total.

Sin embargo, el nuevo reglamento no considera lo anterior y señala en el artículo 45, apartado 8: Los mensajes de los partidos políticos, de las autoridades electorales y los candidatos independientes se transmitirán en todas las emisoras que retransmitan su señal en la entidad federativa en que estén domiciliadas.

Dicho proyecto, compuesto de 68 artículos, deja en manos del Instituto Federal de Telecomunicaciones la definición del mapa de cobertura de radio y televisión para la difusión de la propaganda de los partidos cuando antes éste era elaborado por el INE, que consideraba opiniones de los institutos políticos.

Este asunto ha generado controversia con los partidos políticos, porque ellos aseguran que algunos canales de televisión o estaciones de radio tienen más alcance del que dicen.

El reglamento mantiene el plazo de tres días –en periodo electoral– para la emisión de los espots, una vez que fueron entregados a los concesionarios, y de cinco días en periodos ordinarios. La única ventaja es que quita la palabra al menos y por tanto, obliga a los dueños de las televisoras a emitir los anuncios en esos periodos.

También incluye modificaciones que están contenidas en las legislaciones, producto de las reformas política-electoral y de telecomunicaciones.

Incluye un capítulo nuevo, donde dice que el Consejo General del INE deberá organizar dos debates obligatorios entre todos los candidatos presidenciales y obliga a los concesionarios de uso comercial a transmitirlos en por lo menos una de sus señales cuando tenga cobertura de 50 por ciento o más del territorio nacional.

Añade un nuevo artículo 67 que obligará a las televisoras comerciales a transmitir debates, luego de que en 2012 Televisión Azteca y Televisa pretendieron desacatar ese mandato.