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En caso contrario, se presentará demanda contra las autoridades por encubrimiento

Exigen que a los responsables del caso Iguala se les impute el delito de genocidio
 
Periódico La Jornada
Lunes 17 de noviembre de 2014, p. 8

Familiares de los 43 jóvenes normalistas desaparecidos desde el 26 de septiembre pasado advirtieron al titular de la Procuraduría General de la República (PGR), Jesús Murillo Karam, que si no imputa el delito de desaparición forzada de personas y/o de genocidio a todos los implicados en el caso Iguala que han sido detenidos, recurrirán al juicio de amparo ante los tribunales mexicanos.

Además, señalaron, presentarán una denuncia contra autoridades mexicanas ante el fiscal de la Corte Penal Internacional, por encubrimiento del Estado mexicano y acciones de funcionarios de procuración de justicia tendentes a dejar impune crímenes de lesa humanidad.

Hasta el momento, los más de 70 detenidos por esos hechos, entre ellos el ex alcalde de Iguala José Luis Abarca y su esposa, María de los Ángeles Pineda Villa, así como policías de los municipios de Iguala y de Colula que participaron en la detención de los normalistas, y los integrantes del grupo criminal Guerreros Unidos, a quienes se entregó vivos a los estudiantes privados de su libertad en Iguala, sólo han sido acusados de secuestro, delincuencia organizada y homicidio.

De acuerdo con abogados que fueron nombrados representantes de las víctimas y coadyuvantes de las investigaciones que realiza la PGR, durante la reunion que tuvieron con Murillo Karam, en Chilpancingo, el pasado 11 de noviembre, los padres de los normalistas lanzaron esa advertencia a las autoridades federales.

A decir de los abogados entrevistados por La Jornada –quienes por ahora pidieron no revelar su identidad, ya que los padres de las víctimas no les han autorizado dar entrevistas a medios de comunicación, sólo en ruedas de prensa en las que ellos estén presentes–, son claras las conductas de desaparición forzada de personas y/o de genocidio, ya que en los hechos participaron policías que recibieron órdenes estrictas de funcionarios públicos de desaparecer a los jóvenes.

Recordaron el caso del ex presidente Luis Echeverría Álvarez, quien si bien está libre no fue porque en los hechos de Tlatelolco no se hubiera cometido genocidio, sino porque el delito prescribió antes de que las víctimas de esos hechos presentaran su denuncia.

Uno de los litigantes consultados dijo que, desde su punto de vista, en el caso Iguala las conductas encuadran con el tipo penal de genocidio, previsto en el artículo 149 bis del Código Penal Federal, ya que los estudiantes pertenecen a un grupo nacional y/o racial, amén de que quienes ordenaron secuestrar y privar de la vida a los jóvenes fueron funcionarios públicos.

El artículo 149 bis estipula que comete el delito de genocidio el que con el propósito de destruir, total o parcialmente a uno o más grupos nacionales o de carácter étnico, racial o religioso, perpetrase por cualquier medio delitos contra la vida de los miembros de aquellos, o impusiese la esterilización masiva con el fin de impedir la reproducción del grupo.

En México sólo una vez en la historia de este delito –que se incluyó en el Código Penal Federal el 20 de enero de 1967– se ha abierto un proceso penal por genocidio: fue en 2005 en contra del ex presidente Luis Echeverría Álvarez, por la muerte de una treintena de estudiantes el 2 de octubre de 1968 en Tlatelolco.

Al concluir el estudio del caso Tlatelolco, el tercer tribunal unitario penal concluyó que lo ocurrido en octubre de 1968 sí fue un acto de genocidio, pero exculpó de la conducta a Echeverría Álvarez porque desde el punto de vista del Poder Judicial Federal el delito ya había prescrito.

El pasado viernes, el juzgado quinto de distrito de procesos penales federales sujetó a proceso penal a José Luis Abarca, ex alcalde de Iguala, por su probable responsabilidad en los delitos de delincuencia organizada, secuestro y homicidio calificado.

El juzgado detalló que el delito de delincuencia organizada es investigado bajo la modalidades de ilícitos contra la salud y secuestro.

Por otra parte, el delito de secuestro es imputado por dos casos: el primero por la privación de la libertad de Arturo Hernández Cardona, Ángel Román Ramírez y Rafael Balderas Román, en tanto que el segundo fue contra Nicolás Mendoza Villa, Héctor Arroyo Delgado, Efraín Amates Luna y Dante Cervantes Delgado.

El homicidio calificado es investigado por la muerte de Justino Carbajal Salgado.

Abarca, quien es considerado el autor intelectual de la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa, se encuentra recluido en el penal federal del Altiplano, en el estado de México, y hasta el momento no se ha sido notificado el hecho de que se le investigue por desaparición forzada de personas o por genocidio.