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Insta a López Dóriga a presentar una demanda por daño moral

Pide el sol azteca al INE revisar el fallo de retirar un mensaje de precampaña
 
Periódico La Jornada
Martes 13 de enero de 2015, p. 15

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) presentó ayer un recurso de revisión ante la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) por su resolución de retirar el mensaje promocional en que aparece el periodista Joaquín López Dóriga. El representante del sol azteca ante el instituto, Pablo Gómez, sostuvo que la medida cautelar de suspender la difusión del anuncio fue una consigna política del gobierno de Enrique Peña Nieto.

Dijo que en el mensaje en cuestión no puede demostrarse que exista calumnia, podría parecer que hay algo en contra de su buena fama pública, pero que López Dóriga vaya a tribunales civiles a defender ese derecho, que presente una demanda por daño moral contra el PRD. Lo atendemos en el juzgado.

Agregó que existe el precedente de una queja de la periodista Carmen Aristegui, quien hace dos años pidió al entonces Instituto Federal Electoral suspender la transmisión de un promocional del PRD sobre el caso Monex en el que aparecía su imagen, pero no se concedió la medida cautelar y la respuesta que en ese momento se le dio fue que ella era una figura pública.

Derecho de expresión

Hay jurisprudencia de la Suprema Corte donde dice que cuando se trata de personas expuestas públicamente, el derecho a su buena fama no es mayor que el derecho de expresión y de crítica, además, el tribunal electoral confirmó este criterio de la Suprema Corte, añadió en entrevista.

Consideró que la Comisión de Quejas otorgó la medida cautelar en defensa de la fama pública de López Dóriga, pero esto no corresponde a la autoridad electoral. Solamente le corresponde garantizar el derecho de las personas a no ser calumniadas, pero en ese promocional no hay apariencia de calumnia, ésta no es hablar mal de alguien, sino de imputarle la comisión de un delito que merezca pena corporal.

En la resolución, la comisión señaló que las imágenes y expresiones de la propaganda podrían implicar afirmaciones tendentes a perturbar la fama pública de los sujetos involucrados, para que las personas que vean o escuchen los mensajes se formen una opinión desfavorable de los funcionarios o del partido político, lo cual puede tener cabida en el debate político, pero están proscritos para el particular dedicado a la actividad periodística, es decir, para Joaquín López Dóriga, lo cual puede traspasar los límites de la libertad de expresión.

Ante esto, Pablo Gómez consideró que la comisión no sabía cómo conceder la suspensión cautelar; inventó una cantidad de cosas. Me angustia pensar que el tribunal pueda asumir esos criterios, porque sería gravísimo; es una consigna política del gobierno.