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Ver día anteriorSábado 24 de enero de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
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Ayotzinapa: desaparición forzada y omisiones
A

casi cuatro meses de la agresión cometida contra estudiantes normalistas de Ayotzinapa, el representante legal de los familiares de los desaparecidos, Vidulfo Rosales, indicó que la investigación de la Procuraduría General de la República (PGR) sobre el asunto presenta debilidades e inconsistencias de diversa índole. En primer lugar señaló el empecinamiento del gobierno federal en la versión de que los 43 desparecidos fueron asesinados e incinerados, a pesar de que no hay pruebas científicas irrefutables que sustenten dicha hipótesis.

Otra falencia de las investigaciones, que resulta de suma gravedad, es que ninguno de los detenidos por estos hechos enfrenta cargos por desaparición forzada, sino por homicidio y secuestro.

Este último señalamiento obliga a recordar que el Estado mexicano ha sido históricamente omiso en el tema, empezando por la propia conceptualización de ese delito en el marco normativo. Debe indicarse que hasta ahora la desaparición forzada no está tipificada en todas las entidades de la República y que, en el caso del Código Penal Federal, su definición es vaga y no está homologada con los instrumentos jurídicos internacionales en la materia, aunque éstos han sido suscritos por México. Con ello, las autoridades del país parecen haber reducido su compromiso con la defensa de los derechos humanos a firmas simbólicas de tratados y convenciones que no se traducen en adecuaciones legislativas ni mucho menos se reflejan en los hechos.

Esta omisión en el marco jurídico es particularmente grave en México, cuya historia ha estado marcada, por lo menos en el último medio siglo –sobre todo en periodos como la guerra sucia, la contrainsurgencia zedillista y más recientemente la guerra contra el narcotráfico–, por la práctica sistemática de las desapariciones forzadas y las violaciones a los derechos humanos por parte de instituciones públicas.

Para colmo, las autoridades han demostrado un manejo opaco e irresponsable de la información oficial al respecto: no existe un registro confiable de víctimas de desaparición forzada, las cifras fluctúan de forma caótica y no hay un protocolo de actuación institucional ante este delito.

En el caso de Ayotzinapa, la renuencia oficial a formular cargos por desaparición forzada es doblemente grave: primero, porque no se trata de secuestros ordinarios; segundo, porque da la impresión de que al omitir el cargo de desaparición forzada –el cual, cabe recordar, no prescribe porque se mantiene continuidad en tanto el ausente permanece desaparecido–, el gobierno busca eludir su responsabilidad de seguir buscando hasta encontrar a los normalistas.

Habida cuenta de los despropósitos y omisiones referidos, resulta natural e inevitable que las pesquisas de la PGR sobre la desaparición de normalistas de Ayotzinapa carezcan de credibilidad entre los familiares de las víctimas, así como en amplios sectores de la sociedad y la opinión pública internacional que los respaldan. Además de la obvia necesidad de perseguir y castigar los abusos cometidos por agentes del Estado, es imperativo que las autoridades incluyan el delito de desaparición forzada en las investigaciones del caso y las causas penales correspondientes, y que corrijan las lagunas existentes en la legislación al respecto.