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Válido, criticar a empresas de carácter dominante sujetas al escrutinio público, dice

TEPJF: el PRD no calumnió a Telmex en su promocional, el cual puede seguir al aire
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Representantes y presidentes de los diferentes partidos políticos se reunieron ayer en privado con consejeros del Instituto Nacional Electoral, de cara a los comicios de este añoFoto Yazmín Ortega Cortés
 
Periódico La Jornada
Sábado 14 de febrero de 2015, p. 15

El PRD no calumnió a Teléfonos de México en su mensaje electoral y, por tanto, puede seguir al aire, concluyó la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El promocional no contiene calumnia ni rebasa el límite a la libertad de expresión dentro de la propaganda electoral, señaló la ponencia aprobada por unanimidad por los magistrados.

Clicerio Coello, presidente de la sala especializada, argumentó que no se actualiza la calumnia, porque la inclusión del logotipo de la empresa telefónica en el promocional Queremos ser tu voz no implica una imputación directa de la comisión de algún delito, sino aparece una crítica al sistema en lo general.

Los tres magistrados hicieron ver que la propaganda partidista no siempre tiene carácter de propositiva, y que es válido criticar empresas de carácter público y dominante que pueden estar sujetas al escrutinio público.

Esta decisión del tribunal contraviene las medidas cautelares decretadas por la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE), que por considerar calumnioso ordenaron retirar este promocional. El PRD lo mantuvo, pero sustituyó el logotipo con la palabra censura, aunque después la sala superior del tribunal electoral le dio la razón y se volvió a incluir la imagen impugnada.

En cuanto a una queja de Televisa sobre la inclusión de la imagen del periodista Joaquín López Dóriga en el mismo mensaje, los magistrados concluyeron que no pueden pronunciarse, pero la televisora tiene íntegro su derecho para acudir a las instancias correspondientes para reclamar sus derechos de autor y de propiedad intelectual.

También determinó que la difusión de cinco anuncios en la página electrónica de un periódico, contratados por el gobierno de Chiapas, constituye propaganda personalizada de Manuel Velasco Coello, gobernador de dicho estado.

Se acreditó que dicha propaganda se difundió durante los procesos electorales federal y local en dicha entidad, en que aparece la imagen y nombre del referido servidor público de manera reiterada.

Por tal motivo, se concluyó que hubo un incumplimiento del gobernante y del director general del Instituto de Comunicación Social, quien contrató la propaganda gubernamental.

El pleno del TEPJF propuso dar vista al Congreso local y a la Secretaría de la Función Pública respecto de la responsabilidad del servidor público referido, para que en el ámbito de sus atribuciones procedan conforme a derecho.