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PRD insiste en que hay bases legales para crear comisión

Asuntos jurídicos de San Lázaro se niega a investigar a la empresa Higa
 
Periódico La Jornada
Jueves 19 de febrero de 2015, p. 11

La Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara de Diputados reiteró ante la Junta de Coordinación Política que la norma del Poder Legislativo impide crear una comisión especial que investigue la empresa Higa y sus filiales, perteneciente a Juan Armando Hinojosa.

No obstante, el coordinador del PRD en San Lázaro, Miguel Alonso Raya, planteó una postura que refuta el resultado de la posición de la dirección jurídica, al sostener que se desconoce que el artículo 93 constitucional prevé una de las funciones de control de la actividad gubernamental encomendada a los órganos legislativos, para verificar la regularidad de la gestión administrativa del Estado, y donde los legisladores tienen conocimiento del estado que guarda la administración pública y que les permite valorar la eficiencia y legalidad de la actuación del gobierno.

Así, sostiene Alonso Raya, revisar la legalidad de los contratos otorgados por organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria al grupo de empresas de Juan Armando Hinojosa Cantú y cualesquiera que tenga relación con las mismas, implica verificar la regularidad de gestión administrativa del Estado y permitirá valorar la eficiencia y legalidad de la actuación de organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria.

La postura de los promotores de crear la comisión especial que investigue a la empresa Higa se sustenta en que la dirección jurídica emitió una interpretación restrictiva de la facultad de la Cámara de Diputados, pues sugiere que una sola comisión no puede investigar a todos los organismos descentralizados y empresas de participación estatal mayoritaria, y al hacerlo desconoce, otra vez, los precedentes en este tipo de asuntos, que son fuente de derecho.

No obstante, el jurídico camaral insiste en su postura y advierte que una vez definido el organismo a investigar, podrían relacionarse todos los actos jurídicos que formarán parte de su funcionamiento.

En mérito de lo expuesto, es dable concluir que una vez que estén definidos el o los organismos descentralizados o empresas de participación estatal mayoritaria, la Junta de Coordinación Política estaría, en su caso, en aptitud de aprobar el acuerdo correspondiente.