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Telmex hará cambios en el recibo en abril
Periódico La Jornada
Viernes 20 de marzo de 2015, p. 29

A partir de abril Teléfonos de México enviará a sus clientes un recibo telefónico más claro, detallado y transparente sobre el cobro de servicios de telecomunicaciones y cualquier otro bien o servicio que facture propio o ajeno, como una obligación por ser agente económico preponderante.

El pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) aprobó el formato del recibo telefónico con el que Telmex y Teléfonos del Noroeste (Telnor), como parte del agente económico preponderante (AEP) en el sector de telecomunicaciones, facturará los servicios de telecomunicaciones, así como cualquier otro bien y/o servicio prestados a sus clientes y que sean distintos a los de telecomunicaciones, para que sus clientes sepan con claridad qué es lo que le están cobrando, lo que deben pagar y si hay alguna irregularidad en los cobros.

Esta obligación se deriva de la medida 47 de las medidas de preponderancia impuestas al AEP en el sector de telecomunicaciones, ya que éste debe informar a todos sus suscriptores, mediante aviso en su factura impresa o electrónica, mediante los formatos autorizados por el Instituto, el monto que el usuario tendría que pagar en caso que éste decidiera concluir, al momento de la facturación, su relación contractual.

Desglosará servicios distintos a los de telecomunicaciones

El Ifetel precisó que la venta de bienes o servicios distintos a telecomunicaciones no podrá constituirse en una causa por la cual el suscriptor no pueda cancelar los servicios de telecomunicaciones contratados con Telmex o Telnor.

De igual forma, la medida 48 en materia de preponderancia estipula que las empresas deberán desglosar los conceptos cobrados o facturados al suscriptor; distinguir los conceptos asociados a servicios de telecomunicaciones prestados por dicho agente de cualquier otro bien o servicio que no sea de telecomunicaciones, o cualquier servicio prestado por otra empresa contratado por el suscriptor y facturado por el AEP.

El formato de la factura deberá permitir el pago independiente de los servicios de telecomunicaciones provistos por el AEP y cualquier otros bienes o servicios incluidos en la factura, ya que estas empresas reciben pagos por servicios como el de televisión de paga, o productos de clubes deportivos entre otros.

Una medida importante para los usuarios consiste en que a pesar de que existan adeudos asociados a bienes o servicios que no sean de telecomunicaciones, o cualquier otro servicio prestado por otra empresa y facturado por el AEP, éste no podrá interrumpir la prestación de los servicios, siempre que el suscriptor se encuentre al corriente en los pagos de los servicios de telecomunicaciones prestados.