Opinión
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Protección jurídica contra crímenes de lesa humanidad
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a coyuntura creada por el proceso de Ayotzinapa devela la gravedad y magnitud de la problemática de desaparición de personas que se vive actualmente en México. El Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas (RNPED) reporta un total de 25 mil 821, más de 9 mil 400 sólo en lo que va de este sexenio. Esto significa que una persona es desaparecida al menos cada dos horas. Aun cuando no contemplan la cifra negra e incalculable de quienes no denuncian por miedo, o cuyo caso no se clasifica como desaparición, estos datos nos hablan de una verdadera crisis de derechos humanos en el país, como hemos repetido hasta la saciedad.

La desaparición forzada tiene una larga historia en México. Uno de sus episodios más cruentos fue sin duda la guerra sucia desatada contra los movimientos disidentes en los años 70. Doña Rosario Ibarra y las comunidades rurales de Guerrero son símbolos emblemáticos de una lucha incansable emprendida por los familiares que hasta ahora demandan la presentación con vida de los desaparecidos. Aunque esta práctica permaneció a lo largo de los años, es sin duda en la última década, a partir de la estrategia de seguridad denominada guerra contra el narcotráfico, que adquiere una dimensión y una profundidad inimaginables. Miles de personas, familias e incluso poblaciones enteras han sido víctimas de desaparición forzada o desaparición perpetrada por personas o grupos, con o sin la autorización, apoyo o aquiescencia del Estado.

Desde 2008 han surgido diversos movimientos, colectivos y grupos de víctimas de desaparición frente a la situación de total impunidad e inacción del Estado, cuya respuesta ha sido deficiente, muy insuficiente, y en muchos casos de evidente colusión con los autores materiales e intelectuales de este delito de lesa humanidad. Estos movimientos se han organizado para exigir que se asuma la responsabilidad pública y se garanticen las condiciones reales de investigación y búsqueda de las personas desaparecidas para su localización inmediata.

Los organismos internacionales de derechos humanos han acompañado estas exigencias, como en los casos del Grupo de Trabajo y el Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada. De igual manera la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Recientemente el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI), creado a petición de las familias del caso Ayotzinapa, a raíz del acuerdo entre México y la CIDH, apremió al Congreso de la Unión en su informe del pasado 19 de marzo, a que se aprueben las debidas reformas constitucionales en materia de desaparición forzada.

En la opinión de este grupo de expertos, esto ayudaría a establecer los criterios de una política integral, y a coordinar acciones necesarias, incluyendo los mecanismos de búsqueda urgente, la declaración de ausencia por desaparición que dé respuesta a las necesidades sicosociales y sociolaborales de los familiares, así como las necesidades educativas de la población infantil y juvenil, el manejo de las experticias forenses, y los mecanismos de alerta temprana y prevención de forma integral. Por ello una de las medidas que se han reconocido como necesarias para afrontar esta problemática es la elaboración de una ley general de desaparición forzada y desaparición perpetrada por particulares que defina un marco de obligaciones para la actuación del Estado y la protección de los derechos de las víctimas de este delito. Para ello, y con la finalidad de elaborar una propuesta legislativa en esta materia, se generó desde hace tiempo un proceso que articula organismos civiles y movimientos de víctimas. Un primer paso imprescindible ha sido una propuesta ciudadana de reformas a los artículos 19, 29 y 73 constitucionales, que tienen como objetivo que se reconozca a escala constitucional el derecho humano a no ser desaparecido, y que incluso en caso de suspensión de garantías se asegure este derecho.

Pretende también facultar al Congreso de la Unión para legislar en diversas materias enfocadas a la garantía de los derechos humanos reconocidos en el artículo primero de la Constitución, entre ellas la desaparición de personas, la tortura, la ejecución arbitraria y el desplazamiento forzado interno, que pueden llegar a ser delitos de lesa humanidad. De ser aprobadas, se contará con las bases y facultades para que el Legislativo pueda avanzar hacia la aprobación de la ley general en la materia. La propuesta de la sociedad civil fue entregada en reuniones por separado el pasado jueves 9 de abril a la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, al presidente de la Comisión de Justicia y al presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado. Fue también presentada públicamente el martes 14, en presencia de otros senadores integrantes de diversas comisiones legislativas. Esta propuesta cuenta ya con el respaldo de numerosas organizaciones, colectivos y movimientos de derechos humanos y víctimas. Tiene asimismo el apoyo de intelectuales, académicos, personalidades y activistas de diferentes ámbitos de la vida nacional.

En la exposición de motivos se insiste en la necesidad de que la “elaboración de marcos constitucionales y legales adecuados, que permitan que la investigación, sanción y reparación de las violaciones graves a derechos humanos, cumpla con los estándares establecidos en el corpus iuris”. Pero llama más la atención que en estas propuestas de reformas estén latentes las exigencias de miles de víctimas de ver garantizados sus derechos de acceso a la justicia y a la verdad. Aunque no es suficiente, esta iniciativa se convierte también en una forma de reconocer esta problemática que afecta a México, y con ella se espera erradicar aspectos que sostienen la impunidad por encima de la justicia y la dignidad. Son las víctimas las que ahora se hacen presentes con esta propuesta ante el Congreso. Ojalá tanto senadores como diputados no hagan caso omiso.