Política
Ver día anteriorJueves 27 de agosto de 2015Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Cuestionan comisionados que Sedena impida acceso a documentos

Acuerda Inai reservar por seis meses el caso Tlatlaya
 
Periódico La Jornada
Jueves 27 de agosto de 2015, p. 3

De nueva cuenta, el acceso a la averiguación previa de la Procuraduría de Justicia Militar relacionada con los ocho elementos castrenses involucrados en el caso Tlatlaya dividió a los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Aunque por estrecha mayoría se acordó reservar seis meses la información, ante la inconformidad de quienes perdieron la votación se ordenó dar vista al órgano de control interno de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) por su reiterada conducta de impedir al instituto el acceso a los documentos del caso para verificar el fundamento de la reserva.

Como se recordará, los hechos ocurrieron el 30 de junio de 2014 en una bodega ubicada en el poblado San Pedro Limón, municipio de Tlatlaya, estado de México, donde militares dieron muerte en un enfrentamiento a 22 presuntos delincuentes. Luego del choque armado surgieron versiones de que algunas de las víctimas fueron ‘‘ejecutadas’’.

Al presentarse sendos proyectos relacionados con la misma causa, hubo dos resoluciones distintas ante el amparo promovido por los siete elementos castrenses involucrados en procesos de justicia por ‘‘indisciplina militar’’, argumentando afectación al debido proceso.

Uno de los recursos, cuyo proyecto fue presentado por la comisionada Ximena Puente, planteaba una reserva de un año –que se redujo a seis meses– por ser información contenida en una averiguación previa sin que, según la comisionada del Inai, se encuentre en el supuesto de ser un caso de violación grave a derechos humanos, toda vez que la procuraduría militar sólo los está procesando por ‘‘indisciplina’’.

En tanto, un segundo recurso, presentado por la comisionada Areli Cano, señalaba que ante la existencia del amparo promovido por los acusados el juez resolvió parcialmente en favor del Inai. Por un lado, ante la negativa de Sedena de permitir acceder a los documentos que se pretendía reservar –como está facultado el organismo– el juez concedió la razón al instituto, pero le ordenó no abrir la información en tanto no se resuelva de fondo el amparo, por lo que Cano proponía suspender ‘‘bajo causa de fuerza mayor’’ los plazos de resolución del recurso hasta que se desahogue el amparo.

Las diferencias de criterios entre reservar la información y suspender su resolución motivaron un largo debate, pues ambos recursos tenían el mismo objetivo: obtener información de la indagatoria. En este contexto, Cano cuestionó que la Sedena no haya permitido que el Inai ejerza sus facultades plenamente.

‘‘Yo sé que molesta mucho esta frase, pero lamentablemente no se ha podido acceder a esa información y este instituto no ha votado las medidas jurídicas pertinentes (…) No nos reconocen facultades y el instituto tampoco las defiende; no está haciendo lo necesario y jurídicamente posible para defender las atribuciones a que tenemos derecho’’.

Cano señaló que ante la negativa de la dependencia para que el instituto verificara la documentación, argumentando la existencia del amparo, su ponencia acudió a un juzgado federal y éste avaló la postura del Inai, por lo que se insistió, aunque sin éxito, para que la Defensa permitiera el acceso.

La comisionada descalificó que el sujeto obligado haya sido renuente a dar acceso a los documentos y que no exista ni siquiera un extrañamiento por parte del organismo. Los cuestionamientos de Cano favorecieron a que se avalara inconformarse ante la actitud del Ejército y se dio vista al órgano interno de control.

Por lo que hace al diferendo entre reservar o suspender, la mayoría de los comisionados, encabezados por Puente, Rosendo Monterrey, Patricia Kurczyn y Francisco Xavier Acuña, se pronunciaron en favor del proyecto de Puente, que aprobaron por 4 votos a 3, y con esa misma votación dieron marcha atrás al de Cano, que ahora se resolverá en el mismo sentido del primero, esto es, reserva de seis meses.

‘‘Si el juicio de amparo se lleva un año, pues ese año estará clasificado’’. Finalmente se determinó que ambos recursos se procesen igual, esto es, reserva de seis meses.