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Ordena armonizar la legislación con el Servicio Profesional Docente

La SCJN avala candados educativos en Oaxaca

El máximo tribunal resuelve la controversia constitucional presentada por Peña Nieto en contra del gobernador Gabino Cué y el Congreso local

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El presidente de la SCJN, Luis María Aguilar, ayer en sesiónFoto Notimex
 
Periódico La Jornada
Viernes 25 de septiembre de 2015, p. 7

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de Oaxaca que armonice su legislación educativa con las leyes generales del Servicio Profesional Docente y de Educación, para lo cual tiene de plazo máximo el próximo periodo ordinario de sesiones que va del 15 de noviembre de 2015 al 15 de abril de 2016.

Al resolver ayer la controversia constitucional que presentó el Presidente de la República en contra del gobernador del estado de Oaxaca, el pleno determinó por unanimidad que el Ejecutivo local, Gabino Cué, y el Congreso de la entidad incurrieron en ‘‘omisión legislativa’’, ya que incumplieron con lo establecido en la reforma constitucional de homogeneizar su marco legal con el federal en un plazo de seis meses, el cual venció en agosto del año pasado.

Ello, para que entren en vigor el servicio profesional de carrera y la evaluación docente como único mecanismo para el ingreso, promoción y permanencia en el servicio educativo.

Los ministros coincidieron en que no es suficiente que el Ejecutivo local haya enviado la iniciativa legal correspondiente, ni que el Congreso haya realizado una serie de foros y consultas sobre la propuesta legislativa que presentó el gobierno de Gabino Cué –cuatro meses después de que venció el plazo para hacerlo, en agosto de 2014–, sino que ambos deben cumplir con todo el proceso a fin de que el nuevo marco legal en materia educativa sea aprobado y promulgado antes del 15 de abril de 2016.

Agregaron que tampoco es un problema lo argumentado por el Congreso sobre que se debía realizar una consulta a los pueblos indígenas de la entidad para aprobar la reforma, a lo que está obligado legalmente, ya que el plazo de seis meses para dar cumplimiento al mandato de la Corte es más que suficiente.

El pleno indicó que si bien la educación es materia concurrente entre la Federación y los estados, es el Congreso de la Unión el que dicta los lineamientos generales en la materia, como es lo concerniente al Servicio Profesional Docente, al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y que los congresos locales deben ajustar sus leyes a las normas generales para formar así el sistema educativo nacional, en el que la calidad de la educación sea el eje principal.

Por ello, el reclamo presentado por el Ejecutivo federal en la controversia contra el gobernador y Congreso de Oaxaca era la ‘‘omisión de armonizar las disposiciones estatales en materia educativa’’ para cumplir con el mandato constitucional, porque de lo contrario se generaba ‘‘una transgresión’’ al sistema constitucional.

El ministro instructor, Jorge Pardo Rebolledo, precisó que una vez que el Congreso apruebe las reformas correspondientes, el gobernador de la entidad deberá ‘‘de inmediato –salvaguardando su derecho de veto–’’ proceder a su promulgación y publicación.

El pleno dejó en claro que la legislación que emitan las autoridades oaxaqueñas puede ser motivo de un nuevo recurso ante la Corte, en caso de que alguna parte interesada –como podría ser el propio Presidente– considere que el nuevo marco legal no cumple con la obligación constitucional de armonizar la implementación de la reforma educativa, así como el sistema de evaluación docente.