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Se incluyen comunicaciones, videos y correos electrónicos

Sedena deberá entregar información sobre Ayotzinapa proporcionada a EU
 
Periódico La Jornada
Lunes 12 de octubre de 2015, p. 4

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a realizar una búsqueda exhaustiva y, en su caso, entregar todos los documentos que contengan información de comunicaciones entre servidores públicos de la dependencia y oficiales del gobierno de Estados Unidos sobre el caso Ayotzinapa.

Al resolver un recurso de revisión, el instituto determinó que la Sedena no realizó una búsqueda exhaustiva de minutas de acuerdos, reuniones, documentos de trabajo, informes de seguimiento de acuerdos, correos electrónicos, imágenes y videos relacionados con la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa y la muerte de seis personas, hechos ocurridos entre el 26 y 27 de septiembre de 2014, como lo solicitó un particular.

En su primera respuesta, la dependencia declaró la inexistencia de la información requerida con base en la búsqueda que realizó el Estado Mayor de la Defensa Nacional, por lo que el particular interpuso un recurso de revisión.

En el estudio de la normativa aplicable a la Sedena, específicamente a su reglamento interior y manual de organización general, se pudo determinar que no sólo el Estado Mayor de la Defensa Nacional cuenta con atribuciones para dar atención a la solicitud, sino también la Dirección General de Derechos Humanos.

A dichas unidades administrativas les corresponde sostener relación bilateral militar con otros países, atender asuntos relacionados con el respeto, la protección, la promoción y difusión de los derechos humanos y estudiar requerimientos de organismos nacionales e internacionales para la promoción y protección de los derechos humanos.

Si bien la dependencia realizó las acciones necesarias para localizar la información demandada por medio del Estado Mayor de la Defensa Nacional, no lo hizo con la Dirección General de Derechos Humanos, también competente, señaló el Inai.

‘‘Se negó al particular el beneficio de conocer la información que podría poseer en sus archivos, situación que denota que no fue exhaustiva en la búsqueda realizada’’, señala la resolución presentada por el comisionado Óscar Guerra Ford.

En caso de que exista documentación y ésta contenga datos personales de carácter confidencial, se deberá proporcionar versión pública; no se podrá clasificar información diversa a esa.