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Tardará en operar la ley respectiva
 
Periódico La Jornada
Domingo 18 de octubre de 2015, p. 4

La ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de desaparición de personas, así como sus derivados, operará integralmente un año después de su entrada en vigor.

Actualmente, el anteproyecto se encuentra para su análisis de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público porque es necesario calcular los costos de su implementación.

Los artículos transitorios del proyecto indican que la Cámara de Diputados deberá autorizar, cada año, los recursos para hacer viable su estructura, en especial el Sistema Nacional de Búsqueda, mecanismo que llevará el principal impacto presupuestal, indicaron fuentes consultadas.

En el texto se precisa también que el registro forense y base de datos nacionales –y su correspondiente coordinación estatal– quedarían constituidos un año después de la entrada en vigor de la nueva ley.

Plazos amplios

Los tiempos para la instrumentación de la normatividad son largos; por ejemplo, para reglamentar la declaración de ausencia (mecanismo de protección jurídico y patrimonial para la persona desaparecida y su familia) el proyecto da hasta nueve meses de plazo.

Después del análisis de Hacienda, el proyecto pasaría al Congreso de la Unión para su eventual aprobación; funcionarios de la Secretaría de Gobernación han comentado que debido a la magnitud del problema de las desapariciones de personas –ya sea cometidas por autoridades o por particulares– es necesario la aprobación de la ley en el actual periodo ordinario de sesiones.

Los pasos que habrán de darse tras su aprobación y puesta en vigor sería la creación de las Unidades Especializadas, diseñadas para actuar como reacción inmediata tras el reporte de desaparición de una persona; estas unidades, fundamentales en el nuevo esquema, deberán integrarse máximo tres meses después de la entrada en vigor de la norma.

El mismo plazo se otorgó para diseñar el protocolo de búsqueda y para crear el consejo ciudadano, de colaboración con la autoridad.

Para la elaboración del reglamento de la nueva ley se prevén seis meses; igualmente para armonizar las leyes federales y locales, así como para operar los mecanismos de atención a víctimas y reparación del daño.