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El ministro Cossío votó por concederlo, porque no se le juzgó en tiempo razonable

Rechaza la Corte amparo a Rafael Caro Quintero contra la sentencia de 40 años
 
Periódico La Jornada
Jueves 19 de noviembre de 2015, p. 7

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un amparo –con el voto negativo de José Ramón Cossío– al narcotraficante Rafael Caro Quintero, en contra de la sentencia definitiva de 40 años de prisión, por la privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro y homicidio calificado en agravio del agente estadunidense Enrique Camarena, y del piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar.

Al expresar su inconformidad, Cossío consideró que lo procedente era conceder la libertad absoluta a Quintero, porque no fue juzgado dentro de un plazo razonable, después de 26 años de prisión preventiva y porque no hay certeza de que fueran lícitas las pruebas en su contra y de seis coacusados, porque no fueron atendidas sus denuncias de tortura.

Cossío argumentó que, en un caso similar, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Argentina por violar los derechos humanos de un acusado que permaneció en prisión preventiva 18 años. Explicó que en este asunto no existen razones que justifiquen la prolongación de un proceso penal para que una persona permanezca procesada y en prisión preventiva por más de un cuarto de siglo, sin que se resuelva en definitiva sobre su culpabilidad o inocencia.

Aseveró que, en este caso, el Estado mexicano incurrió en un ejercicio excesivo y abusivo al someter a juicio penal a una persona durante un tiempo prácticamente indeterminado”, lo cual es injustificable, pese a la complejidad del asunto.

No paso por alto que los efectos que propongo podrían generar un impacto social altamente cuestionable, debido a la trascendencia de los delitos imputables al recurrente. Pero como juez constitucional no puedo perder de vista que mi función es preservar el orden jurídico, lo que implica que ante cualquier acto de Estado que sea contrario a dicho orden debo resolver por la anulación, aseguró.

Cabe señalar que la orden de aprehensión en contra de Caro Quintero se reactivó con la sentencia de 40 años de prisión que le impuso el primer tribunal colegiado en materia penal, el 6 de enero de 2013, después de que en mayo de 2015 la SCJN revocara el auto de libertad del narcotraficante que le había concedido un tribunal y le ordenara que emitiera una nueva sentencia en la que se reconociera que la investigación sobre los homicidios de Camarena y Zavala era del fuero federal.

La sentencia la validó ayer la primera sala, por lo que después de haber compurgado una pena de casi 28 años de prisión y después de haber sido liberado, a Caro Quintero –cuyo paradero se desconoce– le faltan cumplir 11 años y siete meses en la cárcel.

El ministro Arturo Zaldívar, quien fue apoyado con el voto de Olga Sánchez Cordero, Jorge Pardo Rebolledo y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, sostuvo su proyecto y aseguró que todos y cada uno de los aspectos que se contienen en él se fundamentan en precedentes de esta primera sala.