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Solamente mexicanos podrán contratarlos

Restringen el alquiler de vientres en Tabasco
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de diciembre de 2015, p. 31

Villahermosa Tab.

El Congreso del estado aprobó reformas al Código Civil en materia de gestación asistida y subrogada –práctica que sólo está permitida en Tabasco y Sinaloa– para que únicamente matrimonios mexicanos puedan contratar los servicios de una mujer tabasqueña para que les alquile su vientre.

Entre los puntos aprobados destaca que los extranjeros no podrán contratar servicios de maternidad subrogada; los convenios se harán con la intervención de un notario público y las clínicas que brindan estos servicios serán reguladas por la Secretaría de Salud del estado.

Obligatorio, contratar seguro de gastos médicos

El pleno detalló que los contratantes deberán cumplir una serie de requisitos, como ser ciudadanos mexicanos, poseer plena capacidad de goce y ejercicio de sus derechos, obtener una póliza de seguro de gastos médicos mayores, expedida por una institución de seguros establecida legalmente en territorio nacional que cubra los gastos originados en la atención del embarazo, parto y postparto.

La mujer contratante deberá tener entre 25 y 40 años de edad y acreditar con un certificado médico que padece imposibilidad física o contraindicación médica para llevar a cabo la gestación.

Además, la gestante deberá otorgar su aceptación pura y simple para la implantación, y reconocer su obligación de procurar el bienestar del feto durante la gestación y al concluir la misma, así como respeto a los padres durante y después del contrato.

La reforma estipula que la Secretaría de Salud será la que determine el perfil clínico, sicológico y social de la madre gestante, quien no podrá ser menor de 25 ni mayor de 35 años; tampoco podrá someterse a dos procesos de inseminación consecutivos.