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De 16 mil casos en 2007, la cifra pasó a 713 en 11 meses de 2015

Estímulos y mejora salarial influyen en una baja de la deserción del Ejército
 
Periódico La Jornada
Lunes 1º de febrero de 2016, p. 4

Aun cuando el número de casos de deserción en las fuerzas armadas ha descendido en los años recientes, ese delito es el que más cometen los militares.

De acuerdo con cifras oficiales de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), los casos de militares que fueron dados de baja por deserción se han reducido constantemente de 2007 a la fecha, ya que en aquel entonces sumaron 16 mil 641 los soldados que dejaron el servicio sin avisar a sus superiores y sin llevar a cabo el trámite de baja correspondiente; en cambio, en los primeros 11 meses de 2015 la cifra fue de sólo 713.

Por otra parte, de enero a noviembre de 2015 se dio un total de 34 sentencias definitivas en contra de soldados, de las cuales 112 fueron por deserción, cuatro por insubordinación, una por abuso de autoridad, cinco por desobediencia, nueve por abandono de servicio, una por infracción de deberes correspondientes a cada militar, una contra el honor castrense y dos por falsificación.

La deserción en el Ejército se redujo sustancialmente a partir de 2006, cuando los salarios de los soldados de más bajo rango se incrementaron y recibieron otros beneficios económicos. Además, todos los hijos de los militares tienen derecho a ser becados en cualquier institución privada, desde primaria hasta universidad. De acuerdo con especialistas, estos estímulos influyeron sustancialmente en la reducción de la deserción.

En 2008 sumaron 9 mil 112 casos de deserción; en 2009, 6 mil 879; en 2010, 4 mil 338; en 2011, 3 mil 451; en 2012, 2 mil 505; en 2013, 2 mil 22; en 2014, mil 176, y en 11 meses de 2015, 713, de los cuales 117 ya fueron sentenciados en firme por los tribunales militares.

De acuerdo con el Código Militar, los delitos de orden castrense son aquellos que únicamente pueden ser cometidos por un integrante de las fuerzas armadas.

Todo delito del orden militar produce responsabilidad, esto es, sujeta a una pena al que lo comete, aunque sólo haya obrado con imprudencia y no con dañada intención criminal.

Según la Sedena, la deserción de los individuos de tropa que no estén en servicio es cuando faltaren sin impedimento justificado por tres días consecutivos a las listas de diana y retreta de las fuerzas a que pertenezcan o a las dependencias de que formen parte.

Abandono de servicio consiste en la separación del lugar o punto, en el que conforme a disposición legal o por orden superior se debe permanecer, para desempeñar las funciones del encargo recibido.

Abuso de autoridad se da cuando el militar que trate a un inferior de un modo contrario a las prescripciones legales; por cierto, el único sentenciado por este delito en 2015 fue un coronel.

El delito de desobediencia ocurre cuando el militar no ejecuta o respeta una orden del superior, la modifica de propia autoridad o se extralimita al ejecutarla.

Infracción de deberes comunes a todos los que están obligados a servir en el Ejército ocurre cuando el soldado revela un asunto que se le hubiere confiado como del servicio, y que por su propia naturaleza o por circunstancias especiales deba tener el carácter de reservado, o sobre el cual se le tuviere prevenido reserva, o que, encargado de llevar una orden por escrito u otra comunicación recomendadas especialmente a su vigilancia, las extravíe o no las entregue a la persona a quien fueren dirigidas.