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Mayor atención a deuda pública y participaciones a los estados

Con el sistema anticorrupción, la ASF ampliará su universo de trabajo
 
Periódico La Jornada
Lunes 14 de marzo de 2016, p. 6

Con la entrada en operación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), la Auditoría Superior de la Federación (ASF) asumirá un nuevo papel en la medida en que se ampliará el universo de sus entes fiscalizados y los tiempos para su realización. Sin embargo, la propia auditoría advierte que los alcances de su desempeño no pueden estar sólo en función del número de sanciones administrativas y penales que realice, porque ello implicaría reducir su papel sólo al ámbito correctivo.

En el diagnóstico que tiene la Auditoría Superior sobre los desafíos institucionales ante el nuevo entorno de combate a la corrupción que se abre con el SNA, se subraya: ‘‘Es preciso que la visión estratégica de la ASF incorpore las variables derivadas del sistema con el fin de llevar a cabo oportunamente las modificaciones estructurales y en la praxis auditora que sean requeridas’’.

De acuerdo con el diseño que se desprende de la reforma constitucional que dio origen al sistema anticorrupción, y a la espera de que el Congreso apruebe las leyes secundarias, se proyecta un incremento sustancial de las tareas de la Auditoría Superior, circunscrito, entre otras materias, a las participaciones federales que reciben los estados, así como la fiscalización del destino y ejecución de los recursos provenientes de la deuda publica que esté garantizada por la Federación.

Otro cambio sustancial son los tiempos para poder realizar auditorías, pues, a diferencia del desfase actual (en febrero se presentó la cuenta pública de 2014), ahora el inicio del proceso de fiscalización podrá efectuarse a partir del primer día hábil del ejercicio fiscal siguiente. Esto se vincula con la facultad de poder realizar ahora auditorías durante el mismo ejercicio en curso y sobre actos irregulares cometidos en ejercicios anteriores.

En esta lógica, la ASF subraya que para la realización de una auditoría en el año en curso debe haber una denuncia fundada y motivada , así como el aval del auditor. ‘‘Estas nuevas atribuciones deberán estar acotadas de manera adecuada en la ley de fiscalización, con el fin de garantizar la autonomía técnica y de gestión de la Auditoría Superior, así como evitar que se ponga en riesgo el valor y el ejercicio de la labor auditora al convertirla en un medio para atender la coyuntura política’’.

En lo que concierne a la posibilidad de que la ASF realice investigaciones en el contexto de la identificación de irregularidade existen dos opciones a definir en la ley secundaria: que la investigación sea un medio para allegarse de elementos y fortalecer la sustanciación de los expedientes que vaya a presentar el Tribunal Federal de Justicia Administrativa o la Fiscalía Anticorrupción,o bien un procedimiento jurídico desvinculado de la fiscalización de la cuenta pública.

En cualquier caso, advierte, la auditoría ‘‘no puede perder su valor comparativo institucional en cuanto a su capacidad y experiencia como órgano de fiscalización y convertirse en una especie de fiscalía’’.

Habrá un incremento sustancial de la carga laboral, lo que exigirá la optimización del uso de recursos humanos y materiales para estar en posibilidades de elaborar los reportes y las investigaciones que podrían ser solicitadas a la Auditoría Superior.