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Debió ser por ejecución extrajudicial, pero no está tipificado, dice su padre

Sentencian a 7 militares por homicidio calificado de Jorge Otilio Cantú Cantú

El 18 de abril de 2011, un comando del Ejército le disparó 29 veces y lo remató con 6 tiros en el rostro

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El doctor Otilio Cantú González, padre de la víctima y quien ha dedicado su vida a llevar a los elementos castrenses a la cárcel, señala que éstos se comportaron como sicarios del EstadoFoto Sanjuana Martínez
Especial para La Jornada
Periódico La Jornada
Domingo 20 de marzo de 2016, p. 10

Monterrey, NL.

El juicio contra siete militares por la ejecución extrajudicial de su hijo duró cinco años y estuvo repleto de irregularidades, pero al final el doctor Otilio Cantú González consiguió, el pasado 15 de marzo, una sentencia de 22 años y seis meses por homicidio calificado por ventaja, condena que inmediatamente apeló por considerarla insuficiente.

El caso de ejecución extrajudicial de su hijo Jorge Otilio Cantú Cantú se ha convertido en emblemático. Primero, porque exhibió la inoperancia del sistema de justicia para juzgar a militares, particularmente porque el delito de ejecución extrajudicial no está contemplado en el Código Penal. Y, después, porque es la primera vez que se emite una condena por homicidio calificado por ventaja contra elementos del Ejército mexicano.

En el proceso 158/2012, el juez sexto penal Rafael Rodrigo Cruz Ovalle dictaminó la condena de 22 años y seis meses contra los militares adscritos a la Policía Militar: Francisco Pérez Pérez, Rubén García Díaz, José Manuel Dolores Luna, Gaudencio Heraclio Moreno y Roberto Guadalupe Rodríguez Aldama. Y por cuatro años por alterar la escena del crimen contra los militares Carlos Fidel Flores Ábrego y Roberto de Jesús Mellado.

Entre juzgados

Durante varios años, el asunto transitó por juzgados civiles y militares retrasando de manera estratégica el acceso a la justicia: este caso estuvo viciado desde el principio, dice en entrevista con La Jornada el doctor Otilio Cantú González, quien ha dedicado su vida a este proceso judicial.

Durante años los fueros tanto militar como civil se aventaron la pelotita, porque un tribunal colegiado de Nuevo León integrado por jueces a modo para el gobierno decidió que era mejor mandarlo a la justicia militar, pero esta instancia se inconformó y lo regresó a la civil. Después, la justicia militar los aceptó y los tuvo presos un par de años, pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los militares deberían ser juzgados por el fuero común y nos obligó a empezar de cero.

Con tenacidad, esfuerzo económico y humano, el doctor Cantú González, de 71 años de edad, intentaba cumplir la promesa que hizo a su hijo en el lecho de muerte: me queda la satisfacción de que la promesa que le hice la estoy cumpliendo. Si me toca partir ahora, ya cumplí parte de lo que dije. Ojalá que se me permita estar aquí hasta que esto quede en firme y termine todo lo que debe seguir haciéndose en este juicio.

Desde aquel 18 de abril de 2011 no ha descansado hasta llevar a la cárcel a los militares que asesinaron a su hijo a quemarropa. El joven tenía 15 días de casado y se dirigía en su camioneta a trabajar cuando un comando militar disparó 29 balazos y lo remató con seis tiros en el rostro, según consta en la sentencia de 52 páginas.

Víctimas sin apoyo

En un principio, el Batallón Caimán, al mando del capitán Reynaldo Camacho, señaló que se trataba de un delincuente abatido en fuego cruzado, pero el doctor Cantú González comenzó una batalla para resarcir el buen nombre de su hijo y obligó a la Procuraduría General de Justicia de Nuevo León a emitir un comunicado corrigiendo las declaraciones de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).

Han sido cinco años de mucho desgaste para mí, para mi familia, para soportar la pérdida de nuestro hijo. Al final de cuentas se dictó sentencia, pero la real debería haber sido entre 30 y 60 años de prisión, por eso hemos apelado, agrega.

Dice que el proceso judicial contra los militares se convirtió en un viacrucis interminable porque el sistema los protegió y les otorgó todas los privilegios: en México, los militares asesinos tienen más privilegios que las víctimas. Todas estas instituciones, como la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas son pura vacilada. Sólo burocracia para recibir el presupuesto y repartirlo entre ellos. Las víctimas tenemos que luchar solas.

Indignado, añade: ¿qué persona sensata o en sus cinco sentidos va a disparar seis veces a un muchacho herido? Nada más un delincuente hace eso. Sólo un sicario lo hace. Estos militares se comportaron como sicarios, pero del Estado.

El caso fue rechazado por la Comisión Estatal de Derechos Humanos que lo remitió a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos la cual abrió el expediente CNDH/2/2011/4942/Q y emitió en noviembre de 2011 la recomendación 73/2011 exhibiendo el crimen cometido por los militares.

Pese a todo, la versión de los militares fue firmada por el capitán Reynaldo Camacho, responsable del Batallón Caimán integrado por cuatro camionetas con 24 militares: el capitán sigue impune. Argumentó que él se perdió, aunque es obvio que alguien dio la orden de disparar a mi hijo. Ellos tienen su paradigma: tirar a matar, disparan y después averiguan. El Ejército no debe seguir en las calles. No están preparados para ser policías. El Ejército los enseñó a tirar a matar. .

En su declaración preliminar, los militares señalaron que iban en persecución de una camioneta Yukon y un automóvil Mazda, y que la camioneta del joven se interpuso entre el fuego cruzado.

Así no fue. Eso no existió. Todos los peritos dijeron que los balazos fueron con trayectoria directa a la camioneta; los registros de las armas de los militares coincidían con los cartuchos que encontraron. Utilizaron ametralladoras y de todo. Nunca dijeron la verdad. Ellos fueron directamente a disparar a mi hijo, no hubo ninguna persecución. Nunca aparecieron esos coches que según ellos iban persiguiendo. Se partió desde el principio de un supuesto falso.

Muestra el acta de defunción donde no incluyen la verdadera causa de su muerte, sino que sólo dice: lesiones intratoracicas e intraabdominales secundarias a trayectoria de proyectiles de arma de fuego.

Todos los privilegios

La primera vez que pudo verlos sentados en el banquillo de los acusados, el doctor Otilio Cantú los miró fijamente a los ojos y les dijo: ¿tienen algún arrepentimiento? Nadie contestó.

Yo no tenía derecho a preguntarles nada. Ellos tenían derecho a no contestar. Siempre se acogieron al artículo 20 constitucional para no declarar. Y jamás mostraron arrepentimiento ni me pidieron perdón.

El juicio se convirtió en un auténtico calvario. Las audiencias eran suspendidas constantemente si alguno de los abogados de los siete militares no se presentaba: Se suspendieron muchas audiencias por esta causa; el juez simplemente suspendía y volvía a citar hasta dentro de tres meses. Tuvieron la osadía de citar para una audiencia en vacaciones, para una supuesta diligencia del mes de julio. Yo andaba fuera de México. Y me vine. Cuando llegué al juzgado habían suspendido la diligencia porque uno de los abogados de los soldados estaba de vacaciones. Todo fue así.

Al principio, los militares procesados contaron con la defensa de un costoso despacho de abogados que aparentemente era pagado por la Sedena, pero después, con el paso de los años, recibieron la asesoría de un abogado de oficio.

Uno de ellos estuvo en libertad bajo fianza durante el proceso. Para la ley mexicana, los actos contra la administración de justicia y los que intervinieron en modificar la escena del crimen no es grave. Sólo les dan cuatro años de prisión con derecho a fianza. Es terrible.

Añade: ¿cómo es posible que eso no sea grave? Ese delito es de importancia extrema. Dos militares siembran una pistola a mi hijo, un arma que uno de ellos disparó y luego pusieron los casquillos en sitios estratégicos: uno entre sus piernas, otros a un lado de su cuerpo, dos atrás, todo estaba hecho de tal manera que pareciera como si mi hijo los hubiera atacado. Es evidente que cuando vieron que habían cometido un crimen trataron de arreglar todo.

Delito no tipificado

El doctor lamenta que el delito de ejecución extrajudicial no esté tipificado en el Código Penal: Fue una ejecución extrajudicial, pero resulta que la ley mexicana no la contempla. El derecho internacional lo define como el homicidio de manera deliberada de una persona por parte de servidores públicos que se apoyan en la potestad de un Estado para justificar sus crímenes. México ha signando esos tratados nada más para retratarse y ponerse una medallita. El problema, es que el gobierno mexicano firma todos los tratados, pero no respeta ninguno.

Critica al general Salvador Cienfuegos: que deje de hablar, que mejor actúe con honestidad. Los crímenes de la Marina, el Ejército, la Policía Federal siguen ahorita. En este momento, algún miembro del Ejército ya mató a alguien. Crímenes que luego tapan. Y el general puede decir lo que quiera, pero a él no le han matado un hijo.

En ese momento, se emociona, llora y recuerda con dolor la juventud de su hijo. Dice que el proceso judicial continuará, que sigue la ejecutoria y luego un juicio de alzada para intentar corregir todos los errores y conseguir una sentencia justa.

Durante cinco años he visto a los militares asesinos. El dolor es terrible. Para estar en paz tiene que haber justicia aquí en la tierra. No puedo perdonar a unos criminales. Ahora toca respirar profundo y tratar de seguir viviendo sin mi hijo. El resto que me quede estar aquí seguiré luchando por la justicia. Espero que las demás víctimas sientan que sí se puede. Quiero que mi caso sea un referente para que la muerte de mi hijo no haya sido en vano.