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Pretenden aprobar también el uso medicinal de mariguana y el mando mixto

Se reúnen comisiones legislativas esta semana para dictaminar sobre sistema anticorrupción
 
Periódico La Jornada
Lunes 6 de junio de 2016, p. 21

Esta semana se reunirán las comisiones legislativas para aprobar los dictámenes en materia anticorrupción, las reformas a la ley de salud para permitir el uso de la mariguana con fines medicinales y científicos, y la aprobación del mando mixto.

Con esos dictámenes aprobados, ambas cámaras sesionarán a partir del 13 de junio y concluirán hasta desahogar todos los temas previstos.

En cuanto al tema anticorrupción, las comisiones dictaminadoras modificaron 16 artículos del Código Penal Federal y agregaron dos resolutivos bis. Se sanciona con 35 años de cárcel y de 10 mil a 30 mil unidades de medida y actualización al servidor público que cometa el delito de colusión, a quien acuerde o celebre contratos o convenios cuyo efecto sea afectar la utilización eficiente y eficaz de los recursos públicos del Estado.

Las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos actualizaron las sanciones al Código Penal Federal para sancionar las conductas de servidores públicos que tengan que ver con corrupción. Así, establecieron penalidades que van de dos a 35 años de cárcel.

En el artículo 219 del Código Penal Federal impusieron una pena de prisión de dos a nueve años al servidor público que utilice la violencia física o moral para lograr un objetivo contrario al derecho.

Los senadores establecieron un nuevo artículo, el 225 bis, en el que se indica que “cometen delito de utilización ilegal de información confidencial, quien la presenta en un trámite o procedimiento, a sabiendas de su inexactitud o falta de veracidad y con el propósito de lograr un beneficio o ventaja.

Será culpable de la utilización ilegal de información confidencial todo servidor público que la destine para un fin privado y de provecho propio. Se impondrá prisión de cinco a ocho años y una multa de 5 mil a 10 mil unidades de medida y actualización, destitución e inhabilitación de cinco a 15 años para ejercer cargo público alguno.

El artículo 21 del Código Penal indica que a quien cometa tráfico de influencia se le impondrán de cinco a ocho años de prisión.