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La medida, prevista en la llamada miscelánea penal

Serán excarcelados unos 50 mil en varios estados, dicen en la comisión de seguridad
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Internas del penal de Santa Martha Acatitla, ubicado en la Ciudad de MéxicoFoto Víctor Camacho
 
Periódico La Jornada
Lunes 12 de septiembre de 2016, p. 13

Unos 15 mil presos federales y locales de los poco más de 36 mil que están en algún reclusorio de la Ciudad de México podrán estar en las calles en los días próximos, una vez que jueces de control o amparo autoricen su derecho a la libertad provisional, bajo la exhibición de alguna garantía económica, pues así lo prevé la llamada miscelánea penal, aprobada en junio pasado.

Fuentes del gobierno de la Ciudad de México confirmaron a La Jornada que las resoluciones judiciales implican que los imputados podrán enfrentar en libertad sus procesos una vez que paguen fianza o garanticen económicamente la reparación del daño ocasionado a sus víctimas.

Se prevé que otros 35 mil procesados en cárceles ubicadas en otras entidades del país también recuperarán su libertad en las semanas próximas bajo la misma figura, indicaron funcionarios de la Comisión Nacional de Seguridad.

Se trata de reos que no han sido sentenciados hasta ahora y que, de acuerdo con la miscelánea para el nuevo sistema penal aprobada el 14 de junio pasado por el Senado, ya tienen derecho a solicitar su libertad.

Entre los beneficiarios están los acusados de fraude, robo de hidrocarburos, delitos fiscales, lavado de dinero, portación ilegal de armas, hurtos no violentos, todos los ilícitos de servidores públicos, falsedades (de documentos, declaración, etcétera) o delitos menores por drogas.

El artículo quinto transitorio del decreto respectivo permitirá a reos procesados bajo el sistema anterior tramitar ante el juez de su causa la revisión de las medidas privativas de la libertad personal o de prisión preventiva que les hubieran impuesto.

Según los funcionarios consultados por este diario, a partir del 18 de junio pasado los únicos ilícitos que ameritarán prisión preventiva forzosa son los previstos en el artículo 19 de la Constitución: delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas y aquellos cometidos con armas o explosivos.

Según cifras de la CNS, hasta diciembre de 2015 se tenía contabilizados a 102 mil reclusos no sentenciados en las cárceles del país, de los cuales poco más de la mitad están relacionados con delitos graves.

Con la entrada del nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio, adversarial y oral ya no implica la figura de delitos graves, pues ahora se pretende privilegiar la presunción de inocencia y limitar con ello la prisión preventiva.

Los internos podrán buscar la libertad provisional y optar, en cambio, por brazaletes electrónicos, arraigo domiciliario, prohibición de salir del país o de una localidad, presentación periódica ante el juez o pago de fianza.