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Después de dos sesiones las votaciones están empatadas a cuatro sufragios

Hoy, fallo sobre si mayorías parlamentarias pueden iniciar acciones de inconstitucionalidad

Trasciende que la SCJN se inclinará en contra de que se impugne la llamada ley Atenco

 
Periódico La Jornada
Lunes 6 de marzo de 2017, p. 11

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definirá hoy si las mayorías parlamentarias están facultadas para interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes aprobadas por ellas mismas; después de dos sesiones, la votación está empatada a cuatro y faltan tres ministros por pronunciarse.

Trascendió que Eduardo Medina Mora y Jorge Pardo Rebolledo inclinarán la balanza en contra de la pretensión del Congreso del estado de México de impugnar la totalidad de la llamada ley Atenco, el último en pronunciarse sobre el tema será el ministro presidente Luis María Aguilar Morales.

En caso de que los ministros desechen la acción de inconstitucionalidad presentada por 68 por ciento de los legisladores (la Constitución señala que las minorías parlamentarias con 33 por ciento del total de legisladores puede demandar la invalidez de una norma aprobada por el órgano legislativo correspondiente) en contra de la ley que regula el uso de la fuerza en el estado de México, se da por un hecho que el pleno apoye el proyecto de dictamen que admite las demandas presentadas por las comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos.

La petición de los legisladores de solicitar a la SCJN que revise la totalidad de los artículos de la norma impugnada –la cual fue criticada desde un inicio por la oposición y organizaciones sociales que advirtieron que la norma viola diversos derechos humanos, como el de libertad de expresión, de manifestación y permite a la autoridad el uso discrecional de las armas no letales y letales para reprimir las manifestaciones sociales–, fue rechazada por el ministro instructor Alberto Pérez Dayán, con el argumento de que las mayorías no están legitimadas para interponer ese tipo de demandas.

Cuestionaron que los diputados mexiquenses pretendan que la Corte ejecute una consulta previa de la ley, lo cual no está previsto en la Constitución.

Los ministros que apoyan la admisión de la demanda, argumentan que la Constitución sólo exige un mínimo de 33 por ciento de los legisladores para que su demanda sea procedente, y que la SCJN no tiene facultades para establecer porcentajes para determinar qué se considera minoría o mayoría parlamentaria.

En todo caso, es la primera vez que la Corte analiza este tema de procedencia.