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No se permitió la participación de todos los ciudadanos, según se detectó

El Tribunal Electoral de Oaxaca anuló elecciones en cuatro municipios
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 8 de marzo de 2017, p. 34

Oaxaca, Oax.

Los magistrados que conforman el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) anularon las elecciones realizadas en los municipios de San Mateo del Mar, en el Istmo de Tehuantepec; San Dionisio Ocotepec y San Juan Bautista Atatlahuca, en la región Valles Centrales, y en San Luis Amatlán, en la Sierra Sur, al detectar diversas irregularidades en los comicios por medio de los sistemas normativos internos (por usos y costumbres), en los que no se permitió la participación de todos los ciudadanos.

En la sesión efectuada la noche de este lunes, los magistrados señalaron que al igual que en 2013, cuando se anularon votaciones por no haberse permitido la participación de todos los habitantes de los diversos barrios y agencias en los comicios, y en 2014 cuando se celebró una elección extraordinaria en la que se repitió esa situación, el proceso de 2016 fue invalidado.

En esta ocasión fue aún más notorio, ya que en San Mateo del Mar sólo fueron convocadas tres secciones de la cabecera municipal y se tuvo una participación de sólo 876 personas, siendo que en 2014 hubo una afluencia de más de 3 mil votantes.

Situación similar se vivió en Ocotepec y Atatlahuaca. En estas dos localidades los alcaldes sólo convocaron a participar a las cabeceras municipales, excluyendo a los pobladores que habitan en las agencias municipales que integran sus demarcaciones, pese a lo cual el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) había validado la elección.

Convocarán a comicios extraordinarios

Por ello, los magistrados del TEEO ordenaron revocar los acuerdos emitidos por el IEEPCO, y giraron instrucciones para que se convoque a elecciones extraordinarias en un plazo de 30 días a partir de que se reciba la notificación, en las cuales sean garantizados los derechos de la totalidad de la ciudadanía.

Además, ordenó dar vista el Instituto Nacional Electoral y al Consejo General del IEEPCO, en relación con el actuar del director ejecutivo de sistemas normativos internos, dados los antecedentes electorales de dichos municipios.

Los magistrados también anularon la elección de San Luis Amatlán, distrito de Miahuatlán, como resultado de una demanda presentada por el particular Ramón García Robles en el expediente JNI/33/2017, en la que acusó que en la asamblea del 20 de noviembre pasado únicamente concurrió la cabecera municipal, impidiendo a los habitantes de las agencias intervenir, pese a que hay un documento firmado en 2010, en el que reconocían a los habitantes de poblados menores su participación, así como sus derechos a votar y ser votados.