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Revira senador dicho del presidente del TSJ

Término de notables no está incluido en la Constitución: Encinas
 
Periódico La Jornada
Domingo 23 de abril de 2017, p. 26

En la Constitución Política de la Ciudad de México no se emplea el concepto de notables que el presidente del Tribunal Superior de Justicia capitalina (TSJ), Álvaro Augusto Pérez Juárez, citó para denostar en la Carta Magna la creación del Consejo Judicial Ciudadano, que elegirá a los integrantes de la Judicatura.

El senador Alejandro Encinas Rodríguez, presidente de la mesa directiva de la Asamblea Constituyente, explicó que en la controversia constitucional que el TSJ presentó contra el texto constitucional, no motiva ni fundamenta la invalidez del artículo relativo al Consejo Judicial Ciudadano y lo único que controvienen es que sea de sólo un año la permanencia en el cargo del presidente del tribunal sin posibilidad de relección sucesiva o alternada.

“Debería (el magistrado presidente) revisar bien el recurso. Me sorprende que el tribunal haya presentado un recurso de esa calidad.

Pérez Juárez aseguró el pasado jueves que “el Consejo Judicial Ciudadano plantea un número de personas notables, para empezar ya utilizamos calificativos, ‘notables’, que son los que van a nombrar a los consejeros de la Judicatura” y advirtió que al ser sus integrantes ratificados por el Congreso local, se transgrede la autonomía del órgano judicial.

“La Constitución local no indica personas notables, sino que quienes lo integren deberán gozar de buena reputación y haberse distinguido por su honorabilidad e independencia.

Sobre la violación de la autonomía del órgano judicial, Encinas dijo: Yo le preguntaría al presidente del tribunal, ¿quién nombra a los ministros de la Corte?, el Senado. ¿A propuesta de quién?, del Ejecutivo federal; ¿eso implica invasión de competencias de la Corte del Presidente o el Senado?