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Otorgan facultades a diputados y ciudadanos para proponerlos

Mañana entran en vigor las reformas relativas a cambios de uso de suelo
 
Periódico La Jornada
Domingo 7 de mayo de 2017, p. 25

Este lunes entran en vigor las reformas que aprobó en diciembre pasado la Asamblea Legislativa (ALDF) a la Ley de Desarrollo Urbano relativas al procedimiento para efectuar cambios de uso de suelo, al suprimir la facultad exclusiva del titular de la jefatura de Gobierno para formular los programas y sus modificaciones.

Las modificaciones a la ley establecen que toda reforma, adición, derogación o abrogación de programas que impliquen cambios de uso de suelo, zonificaciones, variación de límites territoriales o cumplimiento de ejecutorias deberá realizarse vía iniciativa de decreto ante la ALDF.

Para formular éstas, además del Ejecutivo local tendrán ahora esa facultad los diputados de la misma Asamblea Legislativa, así como habitantes en lo individual o en grupo por medio de una iniciativa ciudadana.

El decreto crea además el Consejo Consultivo de Desarrollo Urbano de la Ciudad de México, como una unidad administrativa adscrita a la misma ALDF, que tendrá entre sus facultades la elaboración de pre-dictámenes sobre las iniciativas que en la materia se presenten, para turnarlas a la Comisión de Desarrollo e Infraestructura Urbana; deberá además revisar los programas vigentes de desarrollo urbano y las llamadas áreas de gestión estratégica y proponer iniciativas de reformas a éstos.

Dicho consejo estará integrado por 13 personas, de las cuales siete, entre éstos quien lo presida, serán designados por el pleno de la Asamblea y durarán en el cargo nueve años con posibilidad de ser ratificados para otro periodo. Los otros espacios corresponden a los titulares de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y de las secretarías de Desarrollo Urbano, Movilidad, Medio Ambiente, así como al rector de la Universidad Nacional Autónoma de México y al director del Instituto Politécnico Nacional.

La reforma suprime como instrumentos de la planeación y ordenación del desarrollo urbano las área de gestión estratégica y las normas de ordenación, dejando solamente los programas general, delegacionales y parciales de desarrollo urbano y prohíbe expresamente a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda reformar, adicionar, derogar o abrogar programas, así como establecer usos de suelo, número de niveles, porcentaje de área libre y mínima por vivienda, que no estén previstos en el programa que corresponde.

La Asamblea Legislativa aprobó un paquete de reformas en materia de desarrollo urbano en septiembre de 2016 pero el Ejecutivo local devolvió una de estas con observaciones, que el pleno aprobó en sus términos el 8 de diciembre y se publicaron finalmente en la Gaceta Oficial el pasado viernes.