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La medida será aplicada hasta por cinco meses en lo que se les dicta sentencia

Avala la Corte prisión preventiva para adolescentes que cometan delitos graves

Señalan que se busca cuidar la integridad de los menores, pues algunos son utilizados por criminales

 
Periódico La Jornada
Martes 9 de mayo de 2017, p. 7

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló ayer la prisión preventiva hasta por cinco meses para adolescentes (de 14 a 18 años de edad) acusados de delitos graves.

En caso de que en ese término no se dicte sentencia, el adolescente será puesto en libertad de inmediato, mientras siga el proceso, pudiéndosele imponer otras medidas cautelares.

Al continuar con la discusión de la acción de inconstitucionalidad presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en contra de diversos artículos de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, la mayoría de los magistrados sostuvo que la prisión preventiva debemos entenderla como internamiento preventivo, por lo que no se está aplicando a los adolescentes el sistema penal para adultos.

Jorge Pardo Rebolledo aseguró que la norma también opera en beneficio de la seguridad de los propios adolescentes, porque no es desconocido que con frecuencia la delincuencia organizada utiliza a menores de edad en algunas de las actividades ilícitas que lleva a cabo y la medida señalada tiende a proteger la integridad de ellos, que, por muy diversas razones, se pueden haber involucrado en la comisión de delitos sumamente graves.

El pleno avaló la propuesta del ministro instructor, Fernando Franco, de validar la prisión preventiva de los adolescentes por tratarse de una medida extrema, prevista para delitos graves. Además, señalaron que los jueces deberán valorar su aplicación en cada caso.

José Ramón Cossío Díaz, Arturo Zaldívar y Norma Lucía Piña Hernández votaron en contra de la propuesta, al considerar que la medida es ilegítima, porque la Constitución únicamente prevé la prisión preventiva en el caso de adultos, no así para el sistema de justicia para menores de edad.

Cualquier restricción a la libertad debe estar prevista en la Constitución, lo cual no es el caso, dijeron.

Cossío cuestionó además la postura mayoritaria de que la norma referida también protege a los menores acusados de delitos graves, al afirmar que el modelo constitucional garantiza la protección de las víctimas y no lo es “sometiendo a prisión, así sea preventiva, a las personas (menores de edad en este caso).

La discusión continuará hoy.