Sociedad y Justicia
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Juzga con perspectiva de género

Apoya fallo de Corte a embarazadas despedidas
 
Periódico La Jornada
Jueves 25 de mayo de 2017, p. 38

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en casos de mujeres embarazadas o en situación de postparto que fueron recontratadas de buena fe por su patrón, luego de denunciar despido injustificado, la carga de la prueba en caso de que la trabajadora sea nuevamente cesada, corresponderá al patrón.

Al resolver ayer una contradicción de tesis entre tribunales colegiados, los ministros abandonaron el criterio de que correspondía a la empleada demostrar que se había quedado sin trabajo de manera injustificada, lo cual por lo regular era prácticamente imposible.

Al tratarse de una contradicción de tesis, el criterio es de observancia obligatoria para todas las autoridades jurisdiccionales que conozcan asuntos similares.

En su argumentación, los ministros señalaron que si bien la mujer embarazada goza de ciertos derechos y prerrogativas que le reconocen la Constitución y las leyes, en realidad éstas enfrentan falta de estabilidad en el empleo, por la carga que supone para algunas empresas otorgar licencias de maternidad, postparto y lactancia.

Ante esta situación, la sala juzgó el asunto con perspectiva de género.

La sala determinó que cuando en un juicio laboral se aduce que el despido de una trabajadora sufrió despido unilateral, no basta que el patrón ofrezca regresar el empleo durante el juicio para quedar eximido de la obligación legal de probar la causa del despido, porque siempre estará en la posibilidad de acreditar que no fue el embarazo, sino otra circunstancias, por lo que tendrá que acreditar ante la autoridad laboral las razones de su decisión.