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El Legislativo actuó de forma ilegal, señala proyecto de dictamen de la SCJN

Magistrados del TEPJF permanecerían en el cargo el tiempo que aprobó el Senado

La propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena no inválida los nombramientos

 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de junio de 2017, p. 11

El Senado actuó en forma ilegal al ampliar el periodo, de seis a ocho años, de los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) Felipe Alfredo Fuentes y Reyes Rodríguez, así como los de Indalfer Infante y José Luis Vargas, de tres a siete, señala el proyecto de dictamen que discutirá el próximo martes el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Sin embargo, la propuesta no invalida los nombramientos ni las actuaciones de los juzgadores al señalar que deberán permanecer en el cargo el tiempo que fueron designados originalmente.

Así, en caso de que el documento sea aprobado, la designación de los magistrados Fuentes y Rodríguez pasará de siete a tres años –termina el 31 de octubre de 2019–, y las de Infante y Vargas de ocho a seis –para concluir el 31 de octubre de 2022.

Se da la razón a quejosos, pero no modifica los hechos

El proyecto de dictamen, elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, otorga la razón a Morena y PRD, que impugnaron, vía acción de inconstitucionalidad, la reforma que amplió las gestiones de cuatro integrantes de la sala superior del TEPJF el 3 de noviembre del año pasado.

Los quejosos argumentaron que dicha reforma es inconstitucional porque fue creada ex profeso para beneficiar a los magistrados, quienes ya habían jurado el cargo para los periodos originales, pese a que el artículo 13 constitucional señala que toda ley debe ser impersonal, general y abstracta.

El proyecto, del cual tiene copia La Jornada, señala que la ampliación debe interpretarse como un nuevo acto, lo que implicaba necesariamente la eventual participación de la Suprema Corte en la selección de candidatos, lo cual no ocurrió.

Subraya que debe declararse la inconstitucionalidad del decreto por el que se reforma el artículo cuarto de las disposiciones transitorias de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y diversas reformas legales, por transgredir directamente el artículo 99 de la Constitución, así como los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley, división de poderes, acceso a la justicia e independencia judicial.

El proyecto que se discutirá, y que necesita el voto de ocho de los 11 ministros para invalidar la ampliación del periodo de los magistrados, subraya que no analizó las demandas de los partidos acerca de la regulación de los nombramientos escalonados de los magistrados electorales, porque, de acuerdo con la propuesta, ese tema quedaría superado.

Gutiérrez afirma que con su decisión, el Senado realizó un autootorgamiento de competencias constitucionales para prorrogar el nombramiento de los magistrados, lo cual no tiene sustento en la Constitución federal.

En resumen, concluye el documento, sería lo mismo a consentir que el legislador secundario, en cualquier momento hasta antes de la finalización de los encargos de las personas elegidas anteriormente por el Senado, incida nuevamente en los nombramientos o la temporalidad de los mandatos de los magistrados electorales con el pretexto de regular un nuevo escalonamiento, lo que trastocaría las reglas y competencias constitucionales.

Cabe recordar que el 20 de octubre de 2016 el Senado eligió a los siete magistrados electorales para ocupar el cargo el 4 de noviembre de 2016; sin embargo, el 25 de octubre un grupo de senadores propuso una reforma legal, que fue aprobada por el Senado, ratificada por la Cámara de Diputados un día después y publicada en versión vespertina en el Diario Oficial de la Federación, que amplió los periodos de los magistrados, quienes rindieron protesta nuevamente el 4 de noviembre.