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Fallo del tribunal exculpa al aspirante presidencial

Multa el TEPJF a la empresa que promovió a Moreno Valle

Revista y canales de tv de paga ejercieron su libertad comercial

 
Periódico La Jornada
Jueves 22 de junio de 2017, p. 15

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó ayer a la empresa Upscale Media Group con casi 302 mil pesos por la difusión de propaganda ilegal en favor de Rafael Moreno Valle cuando era gobernador de Puebla, pero exculpó al aspirante presidencial por considerar que no intervino en su contratación.

Se comprobó que dicha compañía pagó una inserción publicada en los números 1038 y 1039 de la revista TV Notas relacionada con infraestructura en el estado de Puebla, así como por la difusión de un promocional transmitido en televisión restringida, referente a una entrevista al panista.

Los tres magistrados de la sala regional especializada del TEPJF determinaron, en el primer caso, que la inserción transgrede la ley, porque se trata de una campaña publicitaria de promoción personalizada en favor de dicho funcionario.

Por ese motivo impusieron a esta empresa, que según su página de Internet tiene su sede en Puebla, es de mercadotecnia digital y está encabezada por Benjamín Paz Moreno, el pago de 113 mil 235 pesos.

Sin embargo, exculparon a Moreno Valle, porque no se acreditó que tuviese alguna participación en la contratación o difusión de la propaganda y tampoco que hiciera actos anticipados de precampaña o campaña, al no hacer un llamado al voto.

Tampoco se sancionó a las empresas Bullying Media y Notmusa, dado que –según los magistrados– su participación tiene que ver con un ejercicio de libertad comercial.

Upscale Media Group deberá pagar otra sanción por 188 mil 725 pesos por haber contratado en televisión restringida otra publicidad que incluyó elementos de promoción personalizada del ex priísta.

En ambos asuntos, la magistrada Gabriela Villafuerte consideró que también se debía penalizar a Bullying y TV Notas (en el caso de la inserción), así como las concesionarias (Dish, Megacable y Proser) ya que por medio de ellas se difundió la propaganda ilegal.

En otro tema, volvieron a negar que la esposa del ex presidente Felipe Calderón, Margarita Zavala, realice actos anticipados de campaña en su búsqueda de ser candidata del PAN a la Presidencia de la República, mediante la difusión de videos en Facebook y Twitter, así como el envío de mensajes de texto SMS.

Los magistrados insistieron –como en otras ocasiones– que las redes sociales son espacios de plena libertad en el intercambio de ideas, información y opiniones.

Aunque se comprobó la existencia y contenido de los mensajes de textos denunciados, consideraron que no hay elementos de convicción suficientes para determinar que fueron enviados por Zavala y su asociación civil Dignificación de la política.