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En la industria prevalecen contratos de protección patronal

Empresas automotrices aplican plan para no cubrir el pago de horas extras
 
Periódico La Jornada
Lunes 3 de julio de 2017, p. 5

Trabajadores de diversas empresas del sector automotriz laboran bajo el esquema de banco de horas, por lo que el tiempo extra que realizan ya no se los pagan. Las grandes armadoras automotrices del país tienen este esquema y el de revisiones multianuales, en los que pactan incrementos salariales para 3, 4 y hasta 5 años, y no tienen negociaciones anuales.

Además, en esta industria se redujeron al mínimo los sindicatos independientes y permean los contratos de protección patronal, señala un informe del investigador Édur Valasco Arregui, del departamento de derecho de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM) Azcapotzalco.

El experto, que tiene más de 35 años de estudiar la industria automotriz y de autopartes de nuestro país y ha sido asesor en materia económica de gremios independientes, apuntó que la modalidad extendida en el sector es el sindicalismo blanco o de protección. Detalló que la gran mayoría de las empresas han firmado la titularidad de su contrato colectivo de trabajo con sindicatos de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) y que las organizaciones que tienen una representación realmente democrática son los menos. Esto ha generado que las empresas establezcan esquemas como las revisiones multianuales para que los salarios no se revisen cada año, ni las prestaciones cada dos, según señala.

El especialista pone de ejemplo el contrato de la Audi en Silao, Guanajuato, firmado con un sindicato de la CTM y que tiene una particularidad: desde su arranque dio por revisadas las negociaciones salariales de tres años y en 2016 firmó un acuerdo también de incremento salarial hasta 2019, “por lo que no se realizarán revisiones a las prestaciones durante dichos años. Esta misma empresa pudo imponer la modalidad de banco de horas, llamada ahí cuenta individual de trabajo, en la que a los obreros no se les pagan las horas extras, sino que se les acomodan en sus horarios, de forma que laboran más, pero sin compensación económica.

El también profesor investigador de la Universidad Autónoma de Puebla indica que este tipo de acuerdos tienen lugar en las empresas que cuentan con sindicatos de protección patronal, donde la mano del líder sindical o dueño del contrato colectivo de trabajo va a actuar de manera férrea y sin consideración contra cualquier tipo de disidencia.

Hizo ver que la finalidad de evitar las negociaciones anuales sindicato-empresa es precisamente para darle certeza económica a las inversiones extranjeras. En cuanto a la novedad del banco de horas está totalmente fuera de la ley, ya que la distribución de las horas extras de trabajo se pueden pactar libremente entre las partes, a su gusto, pero siempre respetando el pago del tiempo extra al doble o al triple y sólo tres veces a la semana.

La Ley Federal del Trabajo establece que el tiempo extra deberá ser de máximo tres horas al día y se pagara doble; a partir de la cuarta y hasta la novena se pagará triple. Sin embargo, con el banco de horas, lo que trabajen adicional se les pone en balance, se las acomodan en sus jornadas diarias o se los guardan, lo que les está ahorrando a las empresas millonarios recursos, con el aval de sindicatos blancos, concluye la información del especialista.