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Se autorizan en 33% de los municipios

La SCJN pone candados a coaliciones en Guerrero
 
Periódico La Jornada
Martes 5 de septiembre de 2017, p. 10

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó ayer las impugnaciones establecidas en la ley electoral de Guerrero para limitar las candidaturas comunes en la elección de presidentes municipales y diputados locales.

Durante la sesión de ayer, los ministros validaron varios artículos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Guerrero, pues consideraron que las entidades federativas gozan de libertad configurativa y no se apartaron del criterio de razonabilidad.

El máximo tribunal del país dio por valida la reforma a varios artículos de la ley electoral del estado aprobada en el Congreso local, con el voto a favor de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM) y Acción Nacional (PAN), que indican que quienes quieran presentar candidaturas comunes para el proceso electoral de 2018, sólo lo podrán hacer en 33 por ciento de los 81 ayuntamientos y de los 28 distritos electorales.

Asimismo, la Corte validó el requisito consistente en que la solicitud de candidatura común sea firmada por representantes y dirigentes; la integración de órganos electorales y cómputo de votos obtenidos por cada partido político para determinar el porcentaje de la votación total correspondiente; y la resolución de la solicitud de candidatura común en cinco días por parte del Consejo General.

Al debatir sobre los requisitos de las solicitudes de registro de candidaturas comunes, los ministros validaron lo indicado en las reformas legales por los motivos anteriores, además de que consideraron que los promoventes de las acciones de inconstitucionalidad formularon impugnaciones muy generales, que resultaron infundadas.

En lo que se refiere al artículo que prevé que las candidaturas comunes sean registradas 30 días antes del inicio de las precampañas, la propuesta del proyecto era invalidar, al estimar que con ello se desvirtúa esta figura y se asemeja más a una coalición. Sin embargo, al haberse pronunciado sólo siete ministros en favor del sentido del proyecto, la impugnación fue desestimada en esta parte.

Así se resolvieron tres acciones de inconstitucionalidad promovidas por separado por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), Movimiento Ciudadano (MC) y PAN.