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Pide a la Corte determinar si el Ejecutivo ha hecho nugatoria su atribución regulatoria

Cofece presenta controversia contra decreto de reforma al reglamento de aeropuertos
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El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el primero de julio de 2018, y hasta el 30 de junio de ese año, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción, informó el Servicio de Administración TributariaFoto Yazmín Ortega Cortés
 
Periódico La Jornada
Jueves 23 de noviembre de 2017, p. 24

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) presentó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el decreto de reformas al Reglamento de la Ley de Aeropuertos emitido por el presidente Enrique Peña Nieto el pasado 29 de septiembre, y contra las bases generales para la asignación de horarios de aterrizaje y despegue en aeropuertos en condiciones de saturación de la Dirección General de Aeronáutica Civil de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), por considerar que no tomaron en cuenta medidas correctivas que el organismo antimonopolios recomendó para eliminar efectos anticompetitivos en el sector.

La SCJN, indicó, debe determinar si el Ejecutivo federal ha hecho nugatorios (referido a una situación o trato engañoso, fraude o burla) tanto la atribución constitucional de la Cofece para regular insumos esenciales, como los efectos de la resolución que ésta ha emitido sobre el caso.

Al pleno de la Cofece le resulta indispensable que el máximo tribunal analice el alcance de las facultades que le concede el artículo 28 constitucional sobre la regulación de los insumos esenciales, como son los servicios de aterrizaje, despegue, uso y control de plataformas del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por transportistas aéreos.

El párrafo 14 del artículo 28, precisó, estipula que la Cofece “contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, entre ellas las de ordenar medidas para eliminar las barreras a la competencia y la libre concurrencia; regular el acceso a insumos esenciales (…) para eliminar efectos anticompetitivos”.

Sin embargo, el organismo antimonopolios advirtió que algunos preceptos contenidos en el decreto presidencial y las bases sobre los horarios de aterrizaje y despegue de los aeropuertos, son contrarios a las medidas que dispuso para resolver los efectos anticompetitivos que genera el actual mecanismo de asignación de los horarios de despegue y aterrizaje en el AICM.

Desde el 26 de junio de 2017, el pleno de la Cofece determinó que los servicios de aterrizaje, despegue, uso y control de plataformas del AICM son un insumo esencial y que las reglas para que los transportistas aéreos accedieran al aeródromo generan afectaciones sistemáticas en la programación diaria de despegues y aterrizajes, como cancelaciones y retrasos en los vuelos.

Lo anterior, indicó, afecta la competencia y provoca alta concentración del mercado en pocas aerolíneas, precios elevados y restricciones para la expansión de la oferta en los servicios públicos de transporte aéreo regular, nacional e internacional, de pasajeros, por lo que emitió una serie de medidas correctivas para regular los procedimientos de asignación de horarios de aterrizaje y despegue, conocidos como slots.