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Tribunal de Veracruz debe decidir en el caso de Daphne Fernández

Rechaza la Corte revisar amparo contra la prisión a uno de Los Porkys
 
Periódico La Jornada
Jueves 18 de enero de 2018, p. 11

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no atrajo la revisión de la sentencia del juez federal Anuar González Hemadi, quien otorgó un amparo contra el auto de formal prisión dictado a Diego Cruz Alonso, integrante de la banda de Los Porkys, por pederastia, con el argumento de que los toqueteos realizados a la joven Daphne Fernández no fueron lascivos.

Al analizar el recurso 401/2017, mediante el cual el segundo tribunal colegiado en materia penal, con sede en Veracruz, solicitó al máximo tribunal del país la atracción del caso, los integrantes de la primera sala resolvieron por mayoría de tres votos no ejercer su facultad de atracción.

El tribunal deberá dictar sentencia dentro del juicio de amparo en revisión 206/2017 y analizar si son válidos los argumentos de Anuar González de que no se trató de actos lascivos, o revoca su sentencia y considera que Diego Cruz Alonso debe ser juzgado por pederastia, ya que la joven Daphne Fernández era menor de edad cuando el grupo de Los Porkys la atacó sexualmente.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena votó contra el proyecto elaborado por la ministra Lucía Piña Hernández, con lo que el caso se devolverá al segundo tribunal colegiado.

En su sentencia, Anuar González consideró que cuando la víctima –entonces de 17 años– fue atacada y el imputado, junto con sus amigos, le tocó los senos, metió las manos debajo de la falda y de introdujo los dedos en la vagina, pero que no observó una intención lasciva ni que el acusado tuviera la intención de copular, por lo que le otorgó un amparo por considerar que lo sucedido no fue un acto sexual, sino un roce y frotamiento incidentales.