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CNDH critica fallo de la Suprema Corte; pone en riesgo a los más jóvenes, dice

Revisiones policiacas sin orden judicial pueden provocar violación de derechos

Podrían ser vulnerados la presunción de inocencia, el debido proceso y el principio de legalidad

 
Periódico La Jornada
Jueves 15 de marzo de 2018, p. 5

La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de declarar constitucionales las revisiones policiacas a personas o vehículos aun sin orden judicial, puede seguir generando violaciones a las garantías fundamentales, en particular a las de los más jóvenes, enfatizó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El organismo que preside Luis Raúl González Pérez expresó su preocupación por el fallo de la Corte, porque, desde el ámbito de las garantías fundamentales, más allá de contribuir a que exista un entorno de mayor seguridad y menor violencia en nuestro país, los preceptos que fueron impugnados pueden seguir propiciando violaciones a derechos y libertades básicas de las personas, sobre todo en contra de adolescentes y jóvenes.

El martes, la SCJN declaró constitucional que los cuerpos policiacos realicen revisiones a personas y vehículos sin contar con mandamientos judiciales, contenidas en los artículos 132, 147, 251, 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con esa resolución, desechó los argumentos de las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la CNDH y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Ayer, al dar a conocer su posición al respecto, la CNDH subrayó que entre los derechos que la aplicación de estos artículos pueden vulnerar se encuentran: presunción de inocencia, debido proceso, seguridad jurídica, libertad personal y el principio de legalidad.

La resolución avalada por la SCJN, agregó, faculta a la autoridad policial a llevar a cabo la inspección de una persona o de su vehículo por la simple existencia de una sospecha razonable, lo cual contraviene principios procesales y directrices básicas del sistema penal acusatorio mexicano.

El organismo nacional recordó que en su oportunidad promovió una acción de inconstitucionalidad contra este tipo de revisiones con la finalidad de brindar seguridad jurídica a las personas al evitar que la ambigüedad y vaguedad de la redacción de los preceptos impugnados siguiera propiciando la amplia discrecionalidad y subjetividad, la cual existe a la fecha para que las autoridades detengan e inspeccionen a personas sin mediar orden judicial.

Enfatizó que las detenciones arbitrarias son de las principales causas de inconformidad ante la CNDH, pues entre 2007 y 2017 hubo 10 mil 225 quejas por ese motivo, sólo en el ámbito federal. Por ello, el Sistema Nacional de Ombudsperson, incluida la CNDH, trabaja en un informe sobre el tema para dimensionarlo y determinar sus causas a escala nacional.