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Decide que no deben dimitir para postularse

El Trijez facilita relección de alcaldes y diputados
Corresponsal
Periódico La Jornada
Sábado 31 de marzo de 2018, p. 20

Zacatecas, Zac.

El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), determinó que quienes pretendan contender en el actual proceso electoral y relegirse como diputados locales o presidentes municipales no tienen la obligación de separarse de su cargo público, a pesar de que así lo dispone en su norma el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ).

El fallo del tribunal beneficiará a unos 20 ediles y a una decena de legisladores locales que en días recientes se separaron de sus cargos públicos mediante una solicitud de licencia, para hacer campaña y buscar ser relectos.

Entre los citados se encuentran Enrique Flores Mendoza y José Haro de la Torre, presidentes municipales de Guadalupe y Fresnillo, respectivamente, ambos del tricolor, quienes ya se habían separado de sus cargos, pero ahora podrán reincorporarse a gobernar sus ayuntamien- tos y hacer campaña de forma simultánea.

Asimismo, 10 legisladores locales de distintas fracciones partidistas, dejaron sus puestos la semana pasada y sus suplentes fueron llamados a ocupar las curules.

De acuerdo con la resolución del Trijez, los criterios para la postulación consecutiva de candidatos que contienen la obligación de separarse del cargo –a quienes pretendan participar en una elección consecutiva– inciden en el derecho fundamental de ser votado, y el derecho de permanencia en el cargo, así como a los propósitos legítimos de la elección consecutiva.

La determinación se tomó al resolver un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, promovido por los alcaldes de Calera de Víctor Rosales, Río Grande y General Enrique Estrada, quienes se inconformaron ante el Trijez en contra del IEEZ, que les advirtió que debían separarse del cargo 90 días antes si querían participar en una elección consecutiva.

Los magistrados consideraron que el requisito de la renuncia no cumple el parámetro de necesidad, porque existen otras medidas que son idóneas para proteger la imparcialidad en el uso de recursos públicos y son menos lesivas al ejercicio del derecho humano a ser votado y de permanencia en el cargo.

Ordena al IEEZ cambiar criterios

De esta forma, el Trijez ordenó al IEEZ modificar los criterios para la postulación consecutiva de candidaturas a diputaciones, alcaldías, sindicaturas y regidu-rías que realicen los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes, así como las reglas para la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional, donde se precise que no es necesario la separación del cargo en una elección consecutiva.