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Las causas, inconsistencias en comprobantes de nómina y el interés por cumplir de personas

Amplía el SAT al 15 de mayo el plazo para presentar la declaración anual
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El SAT resaltó que este año por primera vez en la historia utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la declaración anualFoto María Luisa Severiano
 
Periódico La Jornada
Jueves 26 de abril de 2018, p. 21

Debido a las inconsistencias encontradas en los comprobantes de nómina y al interés de los contribuyentes por cumplir el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió al 15 de mayo el plazo para presentar la declaración anual de impuestos sobre la renta de las personas físicas correspondientes al ejercicio fiscal 2017. Esta es la segunda ocasión que el organismo otorga una prórroga desde 2009, cuando se presentó la epidemia de la influenza.

El SAT explicó que se identificaron inconsistencias en la información capturada por patrones y en el timbrado de algunos proveedores de los servicios de facturación.

Recordó que desde julio del año pasado el SAT trabaja junto con los patrones sobre estas inconsistencias a fin de que los contribuyentes puedan declarar. Lo mismo sucede en algunas aseguradoras y afores que por diversas razones no habían enviado la información al SAT antes de abril.

Especificó que sólo se va a cargar la información corregida de los patrones que la entreguen antes del 30 de abril próximo, pero no quiso informar sobre el número de las inconsistencias detectadas.

Señaló que los procesos de devolución determinados en la ley marcan 40 días hábiles para obtener la devolución una vez que se cumplan los supuestos para ello, mientras las automáticas pueden registrar menos días.

Entre las inconsistencias que el SAT ha detectado en las declaraciones de impuestos destacan: Se omite acumular la totalidad de los ingresos en el mismo anexo, por ejemplo, indemnizaciones, jubilaciones, ingresos asimilados a salarios, es decir, se presenta el anexo en varias ocasiones y de manera independiente, lo que propicia la generación de saldos a favor improcedentes.

El retenedor o patrón presenta varias declaraciones informativas donde relaciona por segmento a sus empleados.

Las entidades paraestatales o empresas que tienen sucursales u otros establecimientos en ocasiones presentan la declaración informativa por cada instalación.

En algunas declaraciones capturan el ejercicio en que se presenta la declaración y no el ejercicio al que corresponde.

En algunas declaraciones informativas se relaciona el RFC del contribuyente de manera incorrecta y el retenedor modifica su registro y expide constancias amparando retenciones con el RFC anterior.

Este año por primera vez en la historia se utiliza la información directamente de los comprobantes de nómina para prellenar los ingresos en la declaración anual.

Las personas que perciban salarios de un solo patrón no están obligados a presentar declaración anual y si desean hacerlo pueden cumplir en cualquier momento del año .

La regla que da sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y después en el Diario Oficial de la Federación.

El SAT detalló que al 22 de abril se ha autorizado la devolución de 4 mil 716 millones de pesos a los casi 2 millones 500 mil contribuyentes que han presentado la declaración anual del ejercicio 2017.

Aseguró que la cantidad de declaraciones con saldo a favor del impuesto sobre la renta se ha incrementado en la misma proporción que el total de éstas y se espera un incremento de las cifras durante los próximos días, ya que gracias al trabajo conjunto con el sector privado los patrones han venido subsanando las inconsistencias en el timbrado de sus nóminas.

Indicó que si algún contribuyente tiene dudas respecto del monto del saldo a favor que se le determinó puede ingresar a la aplicación a verificar nuevamente su información y, en caso necesario, presentar una declaración complementaria y si es el caso recibir el remanente.