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Reitera que el bloque de partidos no presentó pruebas de sus alegatos

Izquierda partió de premisas incorrectas al impugnar elección, dice Luna Ramos
 
Periódico La Jornada
Viernes 28 de septiembre de 2012, p. 10

En Washington, el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Alejandro Luna Ramos, aseveró que la coalición de partidos de izquierda partió de premisas incorrectas en el juicio promovido contra la elección presidencial.

Señaló que los argumentos expuestos por el bloque partidista que postuló a Andrés Manuel López Obrador carecieron de pruebas y se reclamaron asuntos ya resueltos.

Al impartir la conferencia La calificación de la elección presidencial en México, durante un encuentro con investigadores y académicos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown, en la capital estadunidense, el magistrado afirmó que el sistema electoral mexicano es confiable, transparente y eficaz, y así lo demuestra el reciente proceso.

La normativa del sistema electoral mexicano (integrada por la Constitución federal, el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación) permitió culminar de manera exitosa la pasada elección federal, sostuvo.

Según un boletín emitido por el TEPJF, el magistrado presidente destacó las múltiples medidas de seguridad para evitar cualquier irregularidad en los comicios; por ejemplo, la integración de un padrón confiable, la elección de funcionarios de casilla ciudadanos y la existencia de representantes acreditados por los partidos políticos.

Ante representantes del Centro para el Fortalecimiento del Estado de Derecho en América, perteneciente a la Universidad de Georgetown, habló sobre la resolución del denominado juicio madre, el 359/2012, con el que se impugnó la validez de la elección en su totalidad, con el argumento de que no se cumplieron los principios que la Constitución exige para todas las elecciones, que sean libres y auténticas, y se alegó que se compraron 5 millones de votos.

El 30 de agosto, la sala superior rechazó por unanimidad la pretensión de dicha demanda, en virtud de que los planteamientos fueron considerados vagos, imprecisos o genéricos, pues ninguno conducía a concluir que se violaron los referidos principios constitucionales.