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Reglas de aplicación del protocolo
 
Periódico La Jornada
Martes 1º de octubre de 2013, p. 16

Reglas específicas de Actuación del Protocolo de Actuación para Quienes Imparten Justicia en Casos que Afecten a Personas Migrantes y Sujetas de Protección Internacional:

• Los juzgadores deberán tomar en cuenta: la excepcionalidad de la detención por el ingreso migratorio irregular, ya que se trata de una falta administrativa; además, la privación de la libertad en un caso de éstos tiene que ser excepcional y proporcional al objeto que se busca proteger.

• Prohibición de contactar a las autoridades del país de origen de las personas solicitantes de asilo y refugiadas.

• Exención de responsabilidad penal y administrativa en caso de uso de un documento falso o de ingreso irregular.

• Exención de presentación de documentos originales para acceder a otros derechos.

• No sanción en participación en actividades ilícitas derivadas de su condición de víctimas.

• Las víctimas tienen derecho a un documento de residencia temporal o permanente.

• Cuando estén relacionados niños o adolescentes en un proceso, será prioritaria la no privación de la libertad y asistencia legal, así como la suplencia de la queja.

• En el caso de solicitantes de asilo, se buscará la mínima estancia dentro de la estación migratoria y evaluación individualizada para la cuantía de multas, entre otros.