Sociedad y Justicia
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Concede juez amparo a menor edad por escuela dañada en los sismos de 2017

La autoridad deberá arreglar los daños del plantel y garantizar la seguridad

 
Periódico La Jornada
Miércoles 12 de diciembre de 2018, p. 35

El juez Juan Pablo Gómez Fierro, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México, concedió la protección de la justicia federal a un menor de edad para que las autoridades responsables lleven a cabo trabajos de rehabilitación, refuerzo y reconstrucción de la Escuela Secundaria Diurna 190, Carlos Pellicer, ubicada en la colonia Los Reyes, en la Alcaldía de Coyoacán.

En el juicio de amparo 78/2018 se manifestó que el plantel resultó dañado en los sismos de septiembre de 2017 y que las autoridades responsables han sido omisas de ejercer sus atribuciones para garantizar la calidad de la infraestructura educativa y ello vulnera el derecho a la educación del menor promovente, al impedirle recibir servicio educativo en instalaciones óptimas.

En la sentencia, el juez reconoció la procedencia del juicio de amparo sobre la base del interés legítimo del quejoso, en su calidad de alumno y menor de edad, lo que le otorga una posición especial frente al ordenamiento jurídico para obtener como beneficio actual y real que el plantel en el que estudia reciba las acciones necesarias para que se encuentre en las mejores condiciones posibles.

A la fecha ha transcurrido más de un año desde que ocurrieron los sismos que dañaron la infraestructura del plantel.

La protección constitucional solicitada se concedió para el efecto de que las autoridades responsables, de forma conjunta, realicen una nueva minuta de trabajo para la reconstrucción de la secundaria, para identificar los daños que a la fecha no han sido reparados con motivo de los sismos de septiembre de 2017.

Además, que procedan a ordenar y ejecutar las acciones necesarias para subsanarlos, así como equipar, dar mantenimiento, rehabilitar, reforzar, reconstruir o habilitar, con el fin de garantizar el derecho del menor a la educación y, en específico, a la calidad de la infraestructura educativa en el plantel a la cual asiste junto con 500 menores.