Política
Ver día anteriorDomingo 23 de diciembre de 2018Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
CNDH destaca advertencia de la Corte Interamericana sobre Guardia Nacional
 
Periódico La Jornada
Domingo 23 de diciembre de 2018, p. 7

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) incluyó en sentencias en contra del Estado mexicano criterios específicos sobre el incremento de la participación del Ejército en labores de seguridad ciudadana y la necesidad de que sean fiscalizadas por órganos civiles e independientes; estándares que deben retomarse en la discusión sobre la creación de la Guardia Nacional, consideró la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

El 20 y 21 diciembre, la CIDH notificó las sentencias relacionadas con los casos Alvarado Espinoza, Mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco y Trueba Arciniega, mismas que el Estado mexicano acatará cabalmente y de manera concertada con las víctimas, de acuerdo con las secretarías de Relaciones Exteriores y de Gobernación, así como la Procuraduría General de la República.

El organismo, a cargo del ombudsman Luis Raúl González Pérez, destacó que en el caso de las 11 mujeres víctimas de tortura sexual en San Salvador Atenco en 2006, la Corte Interamericana requirió que en un plazo de dos años se genere un plan de capacitación de oficiales de la Policía Federal y del estado de México y se establezca un mecanismo de monitoreo y fiscalización independiente para medir y evaluar a dichas instituciones en aspectos como efectividad de los operativos en que participen y uso debido de la fuerza, además de que brinde retroalimentación sobre las mejoras institucionales que procedan.

En la sentencia del caso Alvarado Espinoza se incluyen criterios específicos para México sobre el incremento en la participación del Ejército en labores de seguridad ciudadana y se expresa la necesidad de que las mismas sean fiscalizadas por órganos civiles e independientes, así como sobre el uso de la fuerza.

La CIDH reafirmó que, como regla general, el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar reservados a los cuerpos policiales civiles. Sin embargo, cuando excepcionalmente intervengan las fuerzas armadas en tareas de seguridad ciudadana, su participación debe ser extraordinaria, subordinada y complementaria a las labores de las corporaciones civiles; regulada y fiscalizada por órganos civiles competentes, independientes y técnicamente capaces.

En tanto, José Guevara, director de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos instó al Congreso de la Unión a evitar simulaciones sobre el proceso de audiencias proyectadas antes del periodo extraordinario.

Dijo que los militares no tienen nada que hacer en el sistema de justicia. No tienen que recabar pruebas ni detener personas; no deben tomar testimonios porque no están para eso, aunque digan que los capacitarán con cursos.

Consideró que las adecuaciones al dictamen no eliminan que se busca militarizar la seguridad ciudadana. Además, agregó Guevara, se continúa en la ruta de establecer un estado de excepción sin controles para las fuerzas armadas en las tareas de seguridad.