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Tragedia en Tlahuelilpan
Sólo 1 % de los detenidos por ordeña de ductos ha concluido su proceso

Delincuencia organizada superó a la casual, afirma comisión senatorial

 
Periódico La Jornada
Lunes 21 de enero de 2019, p. 7

La reforma constitucional para considerar delito grave el robo de hidrocarburos no logró consenso entre los grupos parlamentarios en la Cámara de Diputados, lo que retrasó la discusión hasta el 5 de febrero, aun cuando la Comisión de Puntos Constitucionales alertó de que dejar en libertad a quienes cometen ese ilícito resulta un peligro para el país.

En el dictamen de la minuta del Senado que reforma el artículo 19 constitucional, la comisión indicó que, según datos de Petróleos Mexicanos, de mil 600 detenidos en flagrancia por ese delito sólo uno por ciento ha concluido el proceso penal, lo que resulta atractivo para las bandas delictivas que generan grandes ingresos.

Entre los argumentos presentados para avalar la prisión preventiva oficiosa a quienes se detenga por robo, comercialización o venta ilícita de hidrocarburos, destaca que dejar a los indiciados en libertad bajo fianza, como ocurre hasta ahora, no sólo compromete la investigación, sino la protección a la comunidad.

La Constitución ya prevé que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del acusado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección a la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el acusado sea procesado o haya sido sentenciado previamente por un delito doloso.

En el caso del robo de hidrocarburos, se pretende incluirlo en los delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa debido a que ahora no se le considera como grave.

Por ejemplo, la comisión citó que las tomas clandestinas en los ductos de Pemex y la sustracción de combustible se ha convertido en una práctica permanente y que las redes de sustracción, transporte, abastecimiento y venta de combustibles de origen ilícito son actividades cotidianas.

Estas conductas no se encuentran tipificadas como de gravedad e incluso algunas no tienen una adecuación constitutiva de delito y, ante la dificultad de detener a personas en flagrancia y la deficiente tipificación de los delitos, el índice de detenidos es muy bajo en comparación con el de ilícitos que se cometen y los presuntos delincuentes obtienen su libertad con suma facilidad, resaltó.

Desde la perspectiva de la comisión, en el robo de combustibles ya no sólo participa la delincuencia casual, sino la delincuencia organizada ante la facilidad con que se sustraen los hidrocarburos de las tomas clandestinas en los ductos de Pemex en todo el país.

Tal conducta debe considerarse grave, sobre todo si en el robo participan servidores públicos; por lo tanto, parte de la solución debe ser restringir la libertad del imputado, dictando prisión preventiva oficiosa como medida cautelar y para ello deberá incorporarse al catálogo de delitos graves con la finalidad de preservar la seguridad e integridad de los bienes de la nación, como de las personas que se vean afectadas por la comisión de esos delitos.

Otras actividades que considera aceptar la Cámara, de las incluidas por el Senado, son corrupción con fines de enriquecimiento ilícito y uso de programas sociales con tintes electorales.